Los años que faltan no desaparecen. Pero el camino de vuelta es más corto si lo recorres por iniciativa propia.
Presentar tarde la declaración en EE. UU.: qué vía te conviene si faltan años
Parte de la guía Obligaciones fiscales en EE. UU.: cuándo espera el IRS una declaración
Quien tiene que ponerse al día con el fisco estadounidense rara vez tiene un solo problema, sino varios: declaraciones sin presentar, cuentas sin comunicar, quizá un número fiscal que no existe. El IRS ofrece varias vías, desde el formulario atrasado de toda la vida hasta los procedimientos Streamlined, y cada una encaja en situaciones muy distintas. Esta página ordena esas vías para lectores europeos: nonresidents con rentas en EE. UU., personas que han vivido o viven en Estados Unidos y quienes han descubierto tarde su obligación.
- 1Primero, poner orden: qué falta y quién eras para el IRS
- 2La vía normal: la declaración fuera de plazo
- 3El límite de 16 meses para nonresidents
- 4Streamlined: dos procedimientos para incumplimientos no intencionados
- 5Cuándo no encaja Streamlined
- 6Ponerse al día con el FBAR y los formularios informativos sin procedimiento
- 7La documentación y el orden
«Presentar tarde» suena a un formulario que echas al buzón con retraso. En el fisco estadounidense es una elección entre varias vías, y cuál te conviene depende de tres preguntas: qué falta, quién eras para el IRS en los años pendientes y si el incumplimiento fue un descuido. Las respuestas llevan a la declaración fuera de plazo normal, a uno de los dos procedimientos Streamlined o, si hubo intención, al procedimiento de divulgación voluntaria del IRS. La visión general de la declaración la tienes en la guía La declaración de impuestos en EE. UU. para europeos. Si eres ciudadano estadounidense y vives en Europa, encontrarás el procedimiento para el extranjero explicado a fondo en Todo sobre Streamlined Filing; esta página se centra en todas las demás situaciones y en los límites que allí no aparecen.
1Primero, poner orden: qué falta y quién eras para el IRS
Antes de rellenar ningún formulario, haz tres listas. La primera, con los años en los que tendrías que haber presentado declaración de la renta; la segunda, con las comunicaciones sin impuesto, como el FBAR para cuentas fuera de EE. UU. o los formularios informativos sobre sociedades y fondos extranjeros; la tercera, con tu estatus en cada año. Porque el estatus decide el formulario: como residente presentas el Form 1040 con tu renta mundial, como nonresident el Form 1040-NR con tus rentas de EE. UU., y en el año de llegada o salida una declaración de doble estatus. Cómo determinar tu estatus lo explica la página 1040 o 1040-NR; el año con dos estatus, la página Año de llegada y año de salida.
Estas son situaciones típicas entre nuestros lectores:
- Una austriaca lleva años alquilando un piso en Florida y nunca ha presentado el 1040-NR porque el administrador retenía el impuesto en origen.
- Un alemán trabajó unos años en EE. UU. con visado, presentó sus declaraciones, pero nunca comunicó su cartera de valores ni sus cuentas en Alemania, y ahora vuelve a vivir en Múnich.
- Una suiza con green card vive en Texas y no ha incluido en el 1040 sus cuentas bancarias y de previsión suizas.
- Un matrimonio se mudó a EE. UU. y no presentó nada el primer año porque no conocía la fecha a partir de la cual eran residentes.
Cada una de estas situaciones tiene una vía distinta. Si además no tienes número fiscal estadounidense, lo solicitas junto con la primera declaración; más información en la página Solicitar el ITIN.
2La vía normal: la declaración fuera de plazo
El IRS lo dice sin rodeos: presenta todas las declaraciones pendientes, aunque no puedas pagarlo todo, por la misma vía y en el mismo sitio que una declaración en plazo. Si has recibido una carta, la declaración va a la dirección que figura en ella. Según el IRS, tramitar una declaración atrasada completa lleva unas seis semanas.
2.1Hasta cuándo hay que remontarse
Legalmente no hay límite: sin declaración, el impuesto puede liquidarse en cualquier momento según el § 6501(c)(3), y la prescripción solo empieza a correr con la presentación. En la práctica rige la directriz del IRS (Policy Statement 5-133): a quien debe declaraciones se le pide que las presente; por regla general, la obligación se exige como máximo para seis años, y más allá solo con la aprobación de un superior. Si hay indicios de intención o fraude, se aplican otros procedimientos.
2.2Lo que cuesta
Por cada año atrasado, al impuesto pendiente se suman los recargos por presentación y pago fuera de plazo y los intereses. Cómo se calculan lo explica la página Plazo de la declaración en EE. UU.. Al ponerte al día hay dos particularidades: el recargo se calcula sobre el impuesto pendiente, así que un año con devolución no genera recargo. Pero la devolución solo la recibes si declaras dentro de los tres años siguientes a la fecha de vencimiento. Además, mientras falten declaraciones, el IRS retiene las devoluciones de otros años.
2.3Qué pasa si esperas
El IRS puede elaborar por su cuenta una liquidación sustitutiva (Substitute for Return). Según el propio IRS, a menudo no tiene en cuenta deducciones ni mínimos exentos. Recibes entonces una notificación de la liquidación propuesta (Notice of Deficiency CP3219N) y tienes 90 días para presentar tu propia declaración o acudir al Tax Court. En ese punto ya no hay prórroga posible. Quien no declara de forma reiterada se expone a más sanciones, hasta llegar a la vía penal. Tu propia declaración merece la pena incluso después de una liquidación sustitutiva; por lo general, el IRS ajusta la cuenta a las cifras correctas.
Con la documentación te ayuda el propio IRS: con el Form 4506-T o a través de Get Transcript obtienes los datos salariales y de ingresos que le constan para los años pendientes.
Form 1040 o 1040-NR, con atención en inglés.
3El límite de 16 meses para nonresidents
Para los nonresidents existe una regla que los residentes no conocen y que puede salir cara al ponerse al día. Según el § 874(a), solo tienes derecho a deducciones y créditos fiscales si presentas una declaración correcta y completa, y según el § 1.874-1(b) de las Regulations, solo si llega a tiempo. A tiempo significa: dentro de los 16 meses siguientes a la fecha de vencimiento. Si tampoco presentaste declaración el año anterior, el plazo termina antes, el día en que el IRS te escribe diciendo que falta la declaración y que ya no puedes aplicar deducciones, si ese día cae antes de que transcurran los 16 meses.
Afecta sobre todo a las rentas que tributan en neto: beneficios de un negocio en EE. UU. y alquileres de un inmueble en EE. UU. para los que hayas elegido tributar como rendimientos de actividad. Si la declaración llega tarde, el IRS grava el alquiler bruto sin intereses, amortización ni gastos. Eso sí, te sigue computando la retención en origen y la retención sobre el salario. El IRS puede renunciar al plazo si demuestras que actuaste de forma razonable y de buena fe y colaboras en la determinación de tu impuesto.
Para el futuro te protege una medida sencilla: si no tienes claro si tu actividad en EE. UU. cuenta como negocio, puedes presentar en plazo una declaración preventiva (Protective Return). No lleva cifras, solo el motivo, y te asegura las deducciones por si el IRS clasifica después esas rentas de otra manera. Lo mismo puedes hacer si te apoyas en el convenio de doble imposición; más información en la página Posición de tratado y ventajas del convenio.
| Declaración dentro de los 16 meses siguientes al vencimiento | Declaración posterior | |
|---|---|---|
| Deducciones frente a rentas de un negocio en EE. UU. o de un alquiler que tributa en neto | deducibles | no deducibles, salvo que el IRS renuncie al plazo |
| Créditos fiscales | computables | no computables |
| retención en origen y retención sobre el salario | computables | siguen siendo computables |
| Caso especial: año anterior sin declarar | el plazo termina en cuanto el IRS te escribe diciendo que falta la declaración, si eso ocurre antes de que transcurran los 16 meses | |
| Renuncia al plazo | posible si actuaste de forma razonable y de buena fe y colaboras con el IRS | |
Fuente: 26 U.S.C. § 874(a); 26 CFR § 1.874-1(b); IRS, Publication 519 (2025), capítulo 7, When to file for deductions and credits y Waiver of filing deadline.
4Streamlined: dos procedimientos para incumplimientos no intencionados
Los Streamlined Filing Compliance Procedures existen desde el 1 de septiembre de 2012. Están pensados para particulares que declaran que no incluyeron rentas de activos extranjeros ni pagaron el impuesto correspondiente, sin que hubiera intención detrás. Según la definición del IRS, no intencionado es el comportamiento debido a negligencia, descuido, error o una interpretación equivocada de la ley hecha de buena fe. Extranjero, desde la óptica del IRS, significa: la cuenta corriente en España, la cartera de valores en Austria, el fondo en Suiza.
4.1La variante para el extranjero también está abierta a no estadounidenses
El Streamlined Foreign Offshore Procedure está pensado para contribuyentes estadounidenses que viven fuera de EE. UU. A los ciudadanos estadounidenses y titulares de green card, el IRS les exige que, en al menos uno de los tres últimos años cuyo plazo haya vencido, no hayan tenido domicilio en EE. UU. y hayan pasado al menos 330 días completos fuera. Para todos los demás el requisito es más sencillo: en al menos uno de esos tres años no pueden haber cumplido el Substantial Presence Test. El propio IRS pone un ejemplo: una francesa a la que su empresa trasladó a EE. UU. en mayo de 2012 cumplió el test en 2012 y 2013, pero no en 2011, y por eso cumple los requisitos.
Para los europeos, esto significa: si viviste unos años en EE. UU. y has vuelto, o te mudaste allí durante uno de esos tres años, a menudo puedes acogerte a la variante para el extranjero. Exige declaraciones atrasadas o corregidas de los tres últimos años con todos los formularios informativos, los FBAR de los seis últimos años y el Form 14653 firmado. Quien cumple todos los requisitos paga impuesto e intereses, pero ningún recargo por presentación o pago fuera de plazo, ni sanciones por inexactitud, ni sanciones por formularios informativos, ni sanciones del FBAR. Si no tienes número fiscal estadounidense, adjuntas la solicitud del ITIN.
4.2La variante doméstica tiene un requisito y un precio
Si no cumples el requisito de la variante para residentes en el extranjero, es decir, fuiste residente los tres años, puedes acogerte al Streamlined Domestic Offshore Procedure, pero solo si presentaste declaración en cada uno de los últimos tres años en que estabas obligado. El IRS deja claro que este procedimiento no sirve para primeras declaraciones presentadas tarde: corrige declaraciones incompletas con el Form 1040-X, no sustituye las que faltan. Además hay una sanción: el 5 % del valor total más alto a cierre de año de los activos extranjeros afectados, considerando los tres ejercicios fiscales y los seis años de FBAR. Las demás sanciones desaparecen. Aquí la declaración de ausencia de intención es el Form 14654.
En ambos procedimientos, la documentación se envía en papel al IRS en Austin, con «Streamlined Foreign Offshore» o «Streamlined Domestic Offshore» escrito en rojo en la parte superior de cada declaración; los FBAR se presentan por vía electrónica indicando el procedimiento. El IRS no confirma la recepción ni firma ningún acuerdo: las declaraciones se tramitan como cualquier otra y pueden inspeccionarse como cualquier otra.
| Streamlined Foreign Offshore | Streamlined Domestic Offshore | |
|---|---|---|
| para quién | ciudadanos estadounidenses y titulares de green card sin domicilio en EE. UU. y con al menos 330 días completos fuera de EE. UU. en al menos uno de los últimos tres años; el resto, si en al menos uno de esos años no cumplieron el Substantial Presence Test | quien no cumple el requisito de la variante para el extranjero |
| requisito previo | rentas no declaradas de un activo extranjero, sin intención | el mismo, y se presentó declaración en cada uno de los últimos tres años en que era obligatorio |
| declaraciones de impuestos | tres años, presentadas tarde o corregidas | tres años, solo corregidas con el Form 1040-X; quedan excluidas las primeras declaraciones presentadas tarde |
| FBAR | seis años | |
| declaración de ausencia de intención | Form 14653 | Form 14654 |
| Sanción | sin recargos por presentación, pago, exactitud, formularios informativos ni FBAR | 5 % del valor más alto a cierre de año de los activos extranjeros afectados (Miscellaneous Offshore Penalty) |
| presentación | en papel al IRS en Austin, con la anotación en rojo arriba en cada declaración; FBAR por vía electrónica | |
Fuente: IRS, Streamlined Filing Compliance Procedures; IRS, U.S. Taxpayers Residing Outside the United States; IRS, U.S. Taxpayers Residing in the United States.
Regulariza tus declaraciones de EE. UU. y FBAR pendientes con el procedimiento Streamlined.
5Cuándo no encaja el Streamlined
- Sin activo extranjero. Si solo falta el 1040-NR de un inmueble en EE. UU., no hay ningún activo extranjero con rentas sin declarar. En ese caso, la vía es la declaración fuera de plazo.
- Inspección en curso. Si el IRS ha abierto una inspección de cualquier año, aunque sea sobre otro asunto, quedan excluidos ambos procedimientos. Lo mismo ocurre si hay una investigación de la unidad penal del IRS.
- Regularizaciones discretas anteriores. Si ya corregiste o presentaste tarde sin acogerte a ningún procedimiento, aún puedes usar el Streamlined, pero las sanciones ya impuestas no se condonan.
- Dolo. Quien sabía que debía declarar y no lo hizo a sabiendas no puede firmar la declaración. Para esos casos existe la Voluntary Disclosure Practice de la unidad penal del IRS, que empieza con una revisión previa mediante el Form 14457. Busca limitar la persecución penal y exige una revelación veraz, puntual y completa. Aquí tiene que intervenir un abogado antes de enviar ningún formulario.
6Regularizar FBAR y formularios informativos sin procedimiento
No todo incumplimiento afecta al impuesto. Si declaraste y tributaste todas tus rentas pero olvidaste el FBAR, presentas los informes que faltan por vía electrónica en el BSA E-Filing System de FinCEN y explicas el motivo del retraso. El IRS recomienda hacerlo cuanto antes, mientras no se haya puesto en contacto contigo y no haya una inspección abierta. La norma de clemencia del IRS para recargos por presentación y pago no incluye el FBAR entre las sanciones beneficiadas; más información en la página Presentar el FBAR fuera de plazo.
Los formularios informativos internacionales que falten, por ejemplo sobre sociedades, trusts o fondos extranjeros, los presentas con el procedimiento del IRS para declaraciones informativas tardías: adjuntos a una declaración corregida, y los Form 3520 y 3520-A según sus propias instrucciones. Con cada formulario puedes adjuntar un escrito que explique la causa razonable. Aun así, el IRS puede imponer primero las sanciones y revisar la causa solo si lo pides; con los Form 3520 y 3520-A la revisa antes si arriba en el formulario se indica que se adjunta ese escrito.
7Documentación y orden de los pasos
- Contar los días. Fechas de entrada y salida de cada año, a partir del pasaporte, las reservas de vuelos y el calendario. Determinan tu estatus y si te corresponde la variante para el extranjero.
- Reunir los datos de EE. UU. Certificados de salario, formularios 1042-S y 1099, y los datos del IRS mediante el Form 4506-T o Get Transcript.
- Reunir los datos de tu país. Liquidaciones y declaraciones de impuestos de tu país de residencia, extractos bancarios con el saldo más alto de cada año y extractos de valores.
- Elegir la vía. Declaración fuera de plazo, Streamlined Foreign, Streamlined Domestic o revelación voluntaria, según las preguntas anteriores.
- Resolver el número fiscal. Sin número de la Seguridad Social o ITIN no se tramita nada; la solicitud del ITIN puede acompañar a la primera declaración.
- Presentar y pagar. Impuesto e intereses junto con la presentación y, en el procedimiento doméstico, también la sanción. A partir de ahí, todos los años siguientes siguen el calendario normal.
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