Tu mejor profesional se va a América. El visado y los impuestos viajan con él.

Desplazamiento de empleados a EE. UU.

Cuando una empresa envía a un empleado europeo a EE. UU., hay varias consecuencias que tener en cuenta. Entre ellas, tanto cuestiones de visado y laborales como aspectos fiscales y de seguridad social. En esta página te contamos qué es lo importante.

Aquí encontrarás más sobre vivir y trabajar en EE. UU.

1Duración del desplazamiento

Lo primero es distinguir entre periodos cortos, medios y largos. Esta distinción determina todo lo demás. Si un empleado viaja a EE. UU. solo hasta 3 meses, hablamos de una estancia corta. Los desplazamientos de, por ejemplo, 6-12 meses los consideramos aquí de duración media. Los periodos de 1-5 años son estancias largas.

2Aspectos laborales del desplazamiento

3Visado para desplazar empleados

La elección del visado adecuado para la estancia del empleado en EE. UU. depende, de nuevo, de la duración. También puede influir su nacionalidad.

Para desplazamientos cortos encajan un visado B-1 para fines de negocio temporales o la entrada sin visado con ESTA (Visa Waiver Program). La ESTA sirve para estancias de hasta 90 días, mientras que el visado B-1 suele valer hasta 6 meses. Ambas opciones permiten al empleado trabajar en EE. UU. (negociar contratos o reunirse con socios, realizar montajes como manejar, instalar o reparar máquinas). Importante: la remuneración del empleado siempre se paga a través de la empresa con sede, por ejemplo, en Europa, nunca a través de una filial estadounidense.

Para estancias más largas también hay varias categorías de visado. Directivos, mánagers o especialistas pueden usar el visado E-1 o E-2 si la empresa tiene la relación comercial correspondiente con EE. UU. Si un empleado va a trasladarse dentro del grupo a una matriz, filial o sucursal en EE. UU., lo indicado es un visado L-1. Eso sí, el empleado debe haber trabajado para la empresa en el extranjero al menos un año ininterrumpido dentro de los tres años anteriores a la entrada, como directivo, mánager o especialista con conocimientos especiales.

Aquí tienes más información sobre cada visado de EE. UU. Aquí encontrarás las opciones de visado para freelancers y autónomos.

Seguir leyendo →

De esto nos encargamos
Hoja de ruta del visado para tu empresa

Empresa y visado en un solo plan, para que la sociedad sostenga el visado.

Ver servicio →

6Qué significa para tu empresa

Según la duración prevista de la estancia del empleado en el extranjero, conviene aclarar varios puntos de antemano. Los viajes cortos tienen menos regulación, pero los desplazamientos largos traen consecuencias importantes en materia de visado, seguridad social, impuestos y derecho laboral .

Sobre todo en periodos largos de 1 a 5 años, merece la pena plantearse el paso del empleado a la matriz o filial en EE. UU. Puede tener un efecto positivo en su impuesto sobre la renta, pero tiene consecuencias de calado para la seguridad social. Por eso hay que planificarlo bien y sopesar ventajas e inconvenientes.

Aquí encontrarás más sobre vivir y trabajar en EE. UU. En nuestra página de entrada al mercado tienes todas las piezas de tu entrada en el mercado estadounidense, desde la búsqueda de personal sobre el terreno hasta la constitución.

Mount Bonnell Advisors también te ayuda en otros temas: la gestión fiscal continua de tu empresa en EE. UU., el registro de una sucursal en otro estado, las nóminas (payroll), la creación de una web profesional o la elección del seguro médico adecuado.

Si tu empleado no se traslada físicamente a EE. UU., sino que trabaja para la sociedad estadounidense desde Europa, encontrarás la parte contractual en nuestro artículo sobre el contrato de trabajo sin presencia en EE. UU..

Habla con nosotros
Consulta sobre visados y green card

Qué camino hacia EE. UU. encaja contigo, aclarado en una conversación.

Reservar consulta →
En resumen
  • La duración lo decide todo: corta hasta tres meses, media de unos seis a doce meses, larga de uno a cinco años.
  • Para estancias cortas bastan la ESTA (hasta 90 días) o un visado B-1; para las largas, el E-1, el E-2 o, en traslados dentro del grupo, el L-1.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se considera corto un desplazamiento a EE. UU.?

Si un empleado viaja a EE. UU. solo hasta tres meses, hablamos de una estancia corta. De seis a doce meses se considera media y de uno a cinco años, larga. De esta clasificación dependen el contrato, el visado, los impuestos y la seguridad social.

¿Qué visado necesita un empleado para un desplazamiento corto?

Para desplazamientos cortos encajan la entrada sin visado con ESTA, para estancias de hasta 90 días, o un visado B-1, que suele valer hasta seis meses. El empleado siempre cobra a través de la empresa en su país de origen, nunca a través de una filial estadounidense.

¿Qué visado encaja en un desplazamiento largo?

Directivos, mánagers o especialistas pueden usar el visado E-1 o E-2 si la empresa tiene la relación comercial correspondiente. Para el traslado dentro del grupo a una matriz, filial o sucursal en EE. UU., lo indicado es el visado L-1.

Cómo te ayudamos

Sebastian Sauerborn
Sebastian Sauerborn
Fundador de Mount Bonnell Advisors, Austin, Texas
4 min de lectura · Actualizado: octubre de 2026

Todas las guías sobre este tema

Más sobre entrada al mercado y e-commerce

Todos los artículos →