La licencia cabe en la cartera. Las reglas sobre dónde es válida llenan cincuenta códigos legales.
Concealed carry explicado: dónde vale tu Texas License to Carry
Parte de la guía La libertad en EE. UU.: qué significa en la ley y en el día a día
Concealed carry significa llevar un arma corta oculta. Texas lo permite sin licencia a los adultos a partir de 21 años, pero sigue expidiendo la License to Carry, y es justo esa la que cuenta en cuanto cruzas la frontera del estado. Antes hay una pregunta que ninguna licencia responde: ¿puedes siquiera tener un arma con tu estatus migratorio?
Quien entra por primera vez en una armería de Texas aprende dos palabras antes que ninguna otra: concealed carry, llevar el arma oculta, y reciprocity, el reconocimiento mutuo de licencias entre estados. Las dos suenan técnicas. Las dos deciden si te mueves legalmente con un arma o cometes un delito en la siguiente frontera estatal.
Esta guía explica qué permite la License to Carry de Texas, por qué sigue existiendo pese a que se puede llevar sin licencia, en qué estados es válida y cómo responden a las mismas preguntas otros dos estados, Florida y Arizona. Pero empieza por la ley federal. Para los europeos con visado es el primer y principal obstáculo, y ninguna licencia estatal lo elimina.
Esta página describe la situación legal. No es una recomendación para comprar ni llevar un arma. Si tienes visado, comprueba tu derecho antes de cada compra.
1Primero la ley federal: quién puede tener un arma
La legislación estadounidense sobre armas tiene dos niveles. La ley federal dice quién puede poseer un arma de fuego. La de cada estado regula cómo, dónde y con qué licencia. Para los inmigrantes, la norma clave está en 18 U.S.C. § 922(g)(5). Prohíbe poseer armas de fuego y munición a los extranjeros que están en el país ilegalmente y a los admitidos con un visado de no inmigrante. E-2, L-1, H-1B y E-1 son visados de este tipo.
Las excepciones están en § 922(y)(2). Para particulares cuenta sobre todo una: la prohibición no se aplica a titulares de visado que hayan entrado con fines de caza o deportivos o que tengan una licencia de caza válida expedida en EE. UU. Quien lleve al menos 180 días seguidos viviendo en EE. UU. puede además solicitar una exención al fiscal general según § 922(y)(3); para ello necesita una declaración de su embajada o consulado. Cómo consigue un titular de visado una licencia de caza lo explica la guía Licencia de caza en EE. UU..
Quien tiene green card no es no inmigrante. No le afecta la prohibición para titulares de visado, solo las causas generales de exclusión que también rigen para los ciudadanos. Quien entra sin visado con ESTA tampoco está incluido, según la interpretación del Departamento de Justicia. Así figura en la norma de la ATF, la agencia federal de armas, del 7 de junio de 2012. Pero un turista no tiene estado de residencia, como dicen expresamente las normas, y sin estado de residencia ningún armero le venderá un arma corta. Según § 922(b)(3), un armero solo vende armas cortas a residentes de su propio estado.
Un error tiene consecuencias que van mucho más allá de una multa. Según 8 U.S.C. § 1227(a)(2)(C), puede ser deportado cualquier extranjero condenado tras su entrada por infringir una ley de armas, la haya aprobado el estado que sea. Los detalles según el estatus están en las guías Tenencia de armas como inmigrante según tu estatus y Ley de armas y estatus migratorio.
2La License to Carry de Texas
La License to Carry, o LTC, la expide el Texas Department of Public Safety (DPS). Los requisitos están en el § 411.172 del Texas Government Code. Debes llevar seis meses residiendo legalmente en Texas o estar admitido como no residente según el § 411.173, tener al menos 21 años y, entre otras cosas, no tener condenas por delito grave ni, en los últimos cinco años, por faltas graves de clase A o B. Una condena por conducir ebrio cuenta, según el DPS. Y un requisito es decisivo para los inmigrantes: debes estar plenamente autorizado por la ley federal y estatal a comprar un arma corta.
El DPS expide la licencia expresamente también a extranjeros: a resident aliens y a ciertos no inmigrantes con estancia legal, sujeto a la ley federal. Como prueba, además del certificado de nacimiento y el pasaporte, acepta entre otros la green card y un I-94 válido. Quien aún no lleva seis meses en Texas o vive en otro estado puede solicitarla como no residente, con el formulario LTC-6, dos fotos de carné y una copia del permiso de conducir de su estado. El requisito es entonces residir legalmente en otro estado o mudarse a Texas para vivir allí.
La solicitud exige un curso: de cuatro a seis horas de clase sobre ley de armas, legítima defensa y manejo seguro, con un instructor acreditado u online, más una o dos horas en la galería de tiro con un examen práctico ante un instructor acreditado. Después presentas la solicitud online y das tus huellas dactilares. La tasa estatal de una primera licencia es de 40 $. La primera licencia vale hasta el primer cumpleaños tras el cuarto aniversario de su expedición, pero nunca más que tu estancia legal. Si tu estancia no tiene fecha fija de fin, vale un año. Los derechos de la licencia solo los tienes cuando la tarjeta está en tu mano. Todo sobre la solicitud para nuevos ciudadanos y titulares de green card está en la guía Texas License to Carry.
Por escrito: qué visado encaja contigo y con tu familia, elaborado con los abogados de inmigración del equipo.
3Por qué una licencia si Texas permite llevar sin ella
Desde el 1 de septiembre de 2021, en Texas las personas de 21 años o más que puedan poseer legalmente un arma de fuego pueden llevar un arma corta sin licencia. Así lo describe el DPS para la Firearm Carry Act, la ley HB 1927. Al leerlo, uno se pregunta para qué sirve ya la licencia. El propio DPS da toda una serie de motivos.
Primero, la reciprocidad: sin licencia, tu derecho a llevar arma termina en la frontera del estado; con licencia, sigue valiendo en muchos otros. Segundo, la compra: en la armería, la licencia sustituye la consulta en el sistema federal NICS. Tercero, ciertos lugares: en los campus universitarios solo puede llevar arma quien tiene licencia, y las empresas pueden decidir permitirlo solo a titulares. Además, los titulares pueden llevar su arma a sesiones públicas de organismos oficiales.
Un cuarto motivo está en la ley federal y se pasa por alto a menudo. Según 18 U.S.C. § 922(q), está prohibido poseer un arma de fuego en una zona escolar, es decir, en el recinto de un colegio y en un radio de 1.000 pies alrededor. Una excepción cubre a quien tiene licencia del estado donde está la zona escolar, si ese estado comprueba la idoneidad antes de expedirla. La licencia de Texas te sirve, por tanto, en zonas escolares de Texas, pero no en las de otros estados. Descargada y en un contenedor cerrado en el coche, el transporte está permitido también allí.
4Reciprocidad: así funciona el reconocimiento
Reciprocidad significa que un estado da por válida la licencia de otro. El DPS distingue dos formas. Reciprocal: ambos estados reconocen la licencia del otro, por acuerdo o por ley. Unilateral: solo uno de los dos lo hace.
Texas ha simplificado su parte. Según el § 411.173(b) del Government Code, toda licencia válida de otro estado se reconoce en Texas. Si la de Texas vale fuera lo decide cada estado. La ley obliga al gobernador a negociar con los estados que exigen un acuerdo, y al DPS a publicar una lista de los estados donde vale la licencia texana.
Dos avisos del DPS van en cada viaje. Un acuerdo no te lo permite todo automáticamente; algunos tienen restricciones, por ejemplo para licencias expedidas a residentes del estado emisor de 21 años o más. Y quien lleva arma en otro estado cumple sus leyes, igual que los visitantes en Texas cumplen las texanas. La mayoría de estados publica sus normas en su propia web. Léelas antes de salir, no en el área de servicio.
5Dos ejemplos: Florida y Arizona
Florida muestra cuánto pesa el estatus. Allí la licencia para llevar arma oculta la expide el Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor y, según el § 790.06 de los Florida Statutes, solo a ciudadanos y permanent residents, es decir, titulares de green card, de 21 años o más. Vale siete años. Para llevar sin licencia rige lo mismo: según el § 790.01, puede llevar arma oculta sin licencia quien cumple los requisitos de la licencia, incluida la ciudadanía o la green card. Quien no vive en Florida puede llevarla oculta según el § 790.015 si reside en EE. UU., tiene al menos 21 años y lleva encima una licencia válida de su estado de residencia, o si cumple los requisitos de la licencia de Florida. Si te mudas a Florida, tu licencia anterior vale 90 días más.
Arizona permite llevar arma oculta sin licencia a partir de 21 años; según el § 13-3102 de los Arizona Revised Statutes, es delito para menores de 21. Su propia licencia la obtiene, según el § 13-3112, quien reside en Arizona o tiene la ciudadanía estadounidense, tiene al menos 21 años y no está ilegalmente en el país. Arizona reconoce licencias de otros estados si son válidas en el estado emisor y el titular está legalmente en Arizona y no tiene prohibida la tenencia. Más sobre ambos estados en los perfiles Florida y Arizona.
| Estatus en la lista | Estados |
|---|---|
| Reconocimiento mutuo (reciprocal) | Alabama, Alaska, Arizona, Arkansas, Colorado, Delaware, Florida, Georgia, Idaho, Indiana, Iowa, Kansas, Kentucky, Luisiana, Michigan, Misisipi, Misuri, Montana, Nebraska, Nevada, Nuevo México, Carolina del Norte, Dakota del Norte, Ohio, Oklahoma, Pensilvania, Carolina del Sur, Dakota del Sur, Tennessee, Utah, Virginia, Virginia Occidental, Wyoming |
| El otro estado reconoce la licencia de Texas (unilateral) | Minnesota, Wisconsin |
| Solo Texas reconoce la licencia del otro estado | Connecticut, Hawái, Illinois, California, Maryland, Massachusetts, Nueva Jersey, Nueva York, Rhode Island, Washington |
| Sin acuerdo | Maine, New Hampshire, Oregón, Vermont, Distrito de Columbia y los territorios |
Fuente: Texas Department of Public Safety, State Reciprocity Information (dps.texas.gov). Algunos estados solo reconocen licencias de residentes del estado emisor de 21 años o más; lo determinante es siempre la ley del otro estado. Consultado el 24 de octubre de 2026.
6Dónde la licencia nunca vale
Incluso con licencia hay lugares donde el arma se queda fuera. En Texas, el § 46.03 del Penal Code enumera los principales: colegios y actos escolares, colegios electorales el día de las elecciones y durante el voto anticipado, tribunales, la zona de seguridad de un aeropuerto, locales que obtienen al menos el 51 por ciento de sus ingresos con alcohol para consumo en el local, y eventos deportivos. Hospitales, residencias de mayores y parques de atracciones pueden prohibir llevar armas mediante un cartel.
Los propietarios privados tienen su propia herramienta. Con un cartel según el § 30.06 prohíben a los titulares de licencia llevar el arma oculta; con uno según el § 30.07, llevarla a la vista. Los carteles deben cumplir requisitos estrictos, hasta letras de al menos una pulgada de alto. Quien ignora uno de estos carteles comete una infracción con una multa de hasta 200 $; quien se queda después de que le pidan personalmente que se vaya, un delito menor de clase A. Los organismos públicos no pueden colgar estos carteles en sus propios edificios; aun así, allí siguen valiendo los lugares prohibidos del § 46.03, como los tribunales.
Por encima de todo está el derecho federal. Según el 18 U.S.C. § 930, está prohibido poseer un arma en edificios federales donde trabajan habitualmente empleados federales, desde la oficina de correos hasta la autoridad de inmigración. Esto rige en todos los estados, permita lo que permita su licencia.
| Texas | Florida | Arizona | |
|---|---|---|---|
| Sin licencia | desde los 21 años, quien pueda poseer legalmente un arma de fuego | solo quien cumpla los requisitos de la licencia, entre ellos la ciudadanía o la green card | desde los 21 años; por debajo de 21, llevar un arma oculta es delito |
| Licencia propia | License to Carry: seis meses de residencia o solicitud como no residente, desde los 21 años, curso y prueba de tiro | Concealed Weapon License: ciudadanos o residentes permanentes, desde los 21 años, válida siete años | Concealed Weapons Permit: residentes de Arizona o ciudadanos estadounidenses, desde los 21 años |
| Licencias de otros estados | cualquier licencia válida de otro estado | para no residentes desde los 21 años con licencia de su estado de residencia | si es válida en el estado emisor, con estancia legal y sin prohibición de posesión |
Fuente: Texas Penal Code § 46.02; Texas Government Code §§ 411.172, 411.173; Florida Statutes §§ 790.01, 790.015, 790.06; Arizona Revised Statutes §§ 13-3102, 13-3112. Consultado el 24 de octubre de 2026.
7De viaje por varios estados
Si vas en coche de Texas a Florida, cruzas Luisiana, Misisipi y Alabama. Para estos viajes existe una norma federal, el 18 U.S.C. § 926A. Quien pueda poseer y llevar legalmente un arma en su lugar de salida y en su destino puede transportarla entre ambos, siempre que esté descargada y ni el arma ni la munición sean accesibles desde el habitáculo. Si el coche no tiene maletero separado, debe ir en un contenedor cerrado con llave, y la guantera no cuenta. Esta norma protege el transporte, no llevar el arma encima durante el trayecto.
En avión rige la norma de la TSA, la autoridad de seguridad aérea: armas de fuego solo descargadas, en una maleta rígida cerrada con llave y únicamente en el equipaje facturado, declaradas en el mostrador al facturar. La munición necesita su propio embalaje, y las aerolíneas fijan sus propios límites de cantidad. Y tras el aterrizaje vuelve a regir la ley del estado al que has llegado.
Si te mudas a Texas, ordena estas cuestiones así: primero el estatus migratorio, luego el derecho federal, después la licencia y por último el viaje. La mudanza en sí la explica la guía Llegar a EE. UU., y el panorama completo de la libertad americana, el resumen Libertad en EE. UU..
| Lugar | Norma |
|---|---|
| Colegios y actos escolares, autobuses escolares | prohibido (Penal Code § 46.03) |
| Colegios electorales el día de las elecciones y durante el voto anticipado | prohibido |
| Tribunales y oficinas judiciales | prohibido, salvo con permiso escrito del tribunal |
| Zona de seguridad de un aeropuerto | prohibido |
| Locales con al menos el 51 por ciento de ingresos por alcohol para consumo en el local | prohibido, con cartel |
| Eventos deportivos escolares, universitarios y profesionales, hipódromos | prohibido |
| Hospitales, residencias de mayores, parques de atracciones | prohibido si se anuncia válidamente con un cartel |
| Propiedad privada con cartel según el § 30.06 o el § 30.07 | infracción de hasta 200 $, más si te niegas a irte |
| Edificios federales con empleados federales | prohibido según el 18 U.S.C. § 930 |
Fuente: Texas DPS, Laws That Relate to Carrying a Handgun FAQs; Texas Penal Code §§ 30.06, 30.07, 46.03; 18 U.S.C. § 930. No se incluyen las excepciones y defensas de los §§ 46.03 y 46.15 del Penal Code. Consultado el 24 de octubre de 2026.
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- Antes de hablar de licencias, manda el derecho federal: quien está en el país con un visado de no inmigrante, en principio, no puede poseer armas de fuego, salvo con una licencia de caza estadounidense válida o una autorización excepcional; una infracción puede acabar en expulsión.
- Texas permite llevar armas sin licencia a las personas desde los 21 años que puedan poseerlas legalmente; la License to Carry exige seis meses de residencia o una solicitud como no residente, un curso y una prueba de tiro.
- Texas reconoce cualquier licencia válida de otro estado. Según la lista del DPS, la licencia texana vale en 35 estados, siempre bajo la ley del estado en el que te encuentres.
- Florida exige la ciudadanía o una green card tanto para la licencia como para llevar armas sin ella; Arizona reconoce licencias de otros estados si tu estancia es legal.
- Colegios, tribunales, colegios electorales, zonas de seguridad de aeropuertos y edificios federales siguen vetados incluso con licencia.
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