Trece preguntas que casi todo el mundo se hace antes de decidirse por el O-1.
Preguntas frecuentes sobre el visado O-1 de EE. UU.
Parte de la guía El visado O1 de EE. UU.
¿Quién puede obtener un visado O-1? Los visados O-1A y O-1B están pensados para extranjeros con capacidades extraordinarias en ciencia, negocios, artes, deporte, educación o la industria del cine y la televisión que quieren trabajar para una empresa de Estados Unidos. Cada tipo de visado exige pruebas distintas del reconocimiento en tu campo, como premios de prestigio internacional, salarios elevados u obras reconocidas.
- 1¿Qué visado de la clase O debo solicitar?
- 2¿Qué cuenta como prueba de capacidades extraordinarias?
- 3¿Quién puede presentar una petición O-1?
- 4¿Cómo es el proceso para obtener un visado O-1?
- 5¿Cuánto tiempo debo prever para obtener un visado O-1?
- 6¿Qué diferencia hay entre el visado O-1 y el visado H1-B?
- 7¿Cuánto tiempo puedo quedarme con un visado O-1?
- 8¿Cómo puedo prorrogar mi visado O-1?
- 9¿Me deportarán si me quedo más tiempo del que permite mi visado?
- 10¿Permite el visado O-1 la doble intención (dual intent)?
- 11¿Pueden acompañarme mis familiares y mi personal de apoyo?
- 12¿Puedo obtener un visado O-1 mediante un cambio de estatus o tengo que pasar por el trámite consular?
- 13Cómo pueden ayudarte los abogados del equipo de Mount Bonnell Advisors con tu inmigración
1¿Qué visado de la clase O debo solicitar?
En estas preguntas frecuentes sobre el visado O-1 describimos los cuatro tipos de visado de la clase O, cada uno pensado para un perfil concreto y vinculado a su contrato de trabajo:
- O-1A: para personas que pueden acreditar capacidades extraordinarias en ciencia, negocios, educación o deporte.
- O-1B: para personas con capacidades extraordinarias en las artes, incluidas las de la industria del cine y la televisión.
- O-2: para quienes son una «parte integral o esencial» para que el titular del visado O-1A u O-1B complete la producción, el empleo o la actividad.
- O-3: para el cónyuge o los hijos de un titular de visado O-1 u O-2.
2¿Qué cuenta como prueba de capacidades extraordinarias?
La prueba puede ser cualquier cosa que te distinga de tus competidores en tu campo. Un premio de reconocimiento internacional, como un Nobel o un Óscar, basta por sí solo. Si no lo tienes, bastan tres (3) de los siguientes puntos.
O-1A:
- Un premio de reconocimiento nacional o internacional por logros sobresalientes en tu campo.
- Aportaciones originales oficialmente reconocidas en tu especialidad.
- Pertenencia a una organización o asociación que exige logros sobresalientes en tu campo para ser miembro.
- Un salario u otra remuneración destacable por logros sobresalientes en tu campo.
- Haber formado parte de un jurado que evalúa a otros profesionales de tu campo.
- Desempeñar un papel clave en una organización relevante y de prestigio.
- Artículos científicos escritos para revistas de prestigio y otros medios.
- Publicaciones en medios impresos u otros formatos que sean relevantes para tu empleador y su actividad en tu campo.

O-1B:
- Anuncios, publicaciones o reseñas sobre tu actuación o tu participación en producciones o eventos de prestigio.
- Artículos en revistas, periódicos u otras publicaciones sobre tu papel crítico o tu participación en organizaciones o instituciones de prestigio.
- Un salario u otra remuneración notable por logros extraordinarios en comparación con otros profesionales de tu campo.
- Reconocimientos de agencias, críticos, organizaciones u otros expertos por logros sobresalientes en tu campo.
- Un historial de éxito de crítica o comercial.
- La lista de pruebas de estas preguntas frecuentes sobre el visado O-1 no es exhaustiva. Si crees que tienes capacidades extraordinarias que no aparecen en estas preguntas frecuentes sobre el visado O-1, consulta con un experto en inmigración.
3¿Quién puede presentar una petición O-1?
Como la mayoría de los visados de trabajo, tu petición O-1 solo puede presentarla tu empleador o un agente: no puedes presentarla tú mismo. Eso sí, puedes patrocinarte a través de tu propia empresa estadounidense. Te explicamos cómo funciona aquí. La petición debe presentarse en el USCIS Service Center competente para el lugar donde vas a trabajar. El tipo de trabajo O-1 determina si necesitas un empleador o un agente que respalde tu petición.

Si un empleador estadounidense te ofrece un puesto a jornada completa, debe actuar como solicitante de tu visado O-1 y presentar la petición en tu nombre. En ese caso trabajarías como empleado de la organización.
A veces, el beneficiario de un visado O-1 quiere trabajar para varios empleadores, otra ventaja del visado O-1. En ese caso actuarías como profesional autónomo que colabora con varias organizaciones. Aun así, necesitas una persona u organización autorizada que respalde tu petición. Es una situación en la que puedes encargar a un agente que presente tu petición.
Si quieres trabajar con varios empleadores mediante una petición presentada por un agente, hay que adjuntar a la petición los contratos entre tú y cada uno de ellos. Otros documentos de apoyo son un itinerario de las actividades o compromisos con cada empleador, sus nombres y direcciones y los lugares donde se realizará cada actividad.
Empresa y visado en un solo plan, para que la sociedad sostenga el visado.
4¿Cómo es el proceso para obtener un visado O-1?
Estas preguntas frecuentes sobre el visado O-1 se aplican a todos los solicitantes, pero cada caso puede ser único, así que consulta con un experto en inmigración si crees que tu situación es especial. Para la mayoría, el primer paso para obtener un visado O-1 es presentar el formulario I-129, la petición de trabajador no inmigrante, junto con la tasa correspondiente.

Debe acompañarse de una opinión escrita de una persona de prestigio o de un grupo de profesionales del sector de tu empleador. Si solicitas un O-1 en la industria del cine o la televisión, la opinión debe proceder de un sindicato y de una organización de gestión relevantes en el sector del empleador.
También hay que adjuntar una copia del contrato entre tú y tu empleador. Basta un resumen escrito de un contrato verbal, siempre que recoja lo que te ha ofrecido tu empleador y lo que tú has aceptado. Por último, hay que presentar un itinerario detallado de los eventos o actividades en los que quieres participar durante tu estancia en Estados Unidos.
El itinerario debe incluir las fechas de inicio y fin. Una vez reunida toda la información, los abogados del equipo de Mount Bonnell Advisors presentan la documentación y el USCIS empieza a estudiar tu solicitud. Todo ello debe hacerse al menos cuarenta y cinco (45) días antes, pero no más de un año antes de tu fecha de incorporación al visado O-1.
5¿Cuánto tiempo debo prever para obtener un visado O-1?
El plazo de tramitación de un visado O-1 es relativamente corto comparado con otros visados de trabajo, aunque conviene contar con tres o cuatro meses. Para saber más sobre los plazos y otros detalles de estas preguntas frecuentes sobre el visado O-1, echa un vistazo a este artículo.
6¿Qué diferencia hay entre el visado O-1 y el visado H1-B?
Elegir el visado O-1 en lugar del H1-B tiene varias ventajas. La primera: se pueden conceder visados O-1 sin límite a cualquiera que cumpla los requisitos. Los H1-B tienen un cupo estricto de 85.000 visados al año, lo que convierte la solicitud en una auténtica competición sin garantía de aprobación.

La segunda: existen opciones de prórroga para el visado O-1 por periodos de un año, así que puedes ajustar el tiempo que necesitas quedarte en EE. UU. para terminar tu contrato. Los H1-B están limitados a seis años en total y se prorrogan por periodos fijos, aunque solo necesites un año.
La última: los titulares de ciertos visados, como el visado de intercambio J-1, pueden estar obligados a cumplir el requisito de residencia en el extranjero y pasar dos años en su país de origen antes de solicitar otros visados o la residencia permanente. Los titulares de un visado O-1 pueden volver a Estados Unidos sin cumplir ese requisito.
7¿Cuánto tiempo puedo quedarme con un visado O-1?
El visado O-1 se concede con una estancia inicial de hasta tres años y, tras la primera aprobación, puedes solicitar un número ilimitado de prórrogas. Tu estatus puede prorrogarse por periodos de un año o hasta que termine tu proyecto, siempre que aportes pruebas con la solicitud. Puedes pedir la prórroga como muy pronto un año antes de la fecha en que la necesites. Lo más importante es presentar la petición antes de que venza tu estatus actual.
Por escrito: qué visado encaja contigo y con tu familia, elaborado con los abogados de inmigración del equipo.
8¿Cómo puedo prorrogar mi visado O-1?
Si necesitas más tiempo en EE. UU. para cumplir tu contrato, puedes solicitar una prórroga siempre que cumplas estos requisitos:
- Entraste en EE. UU. de forma legal y tu visado para esa entrada aún no ha caducado.
- No has excedido los límites de tu visado ni has sido condenado por un delito que ponga en riesgo tu estatus.
- Tu pasaporte sigue siendo válido durante todo el periodo de la prórroga que solicitas.
- Si cumples los requisitos anteriores, tienes que presentar tres documentos:
- Una copia de tu registro de entrada y salida (formulario I-94)
- Una nueva presentación del formulario I-129
- Una declaración por escrito con los motivos por los que solicitas la prórroga del visado.
Si en tu declaración destacas lo importante que eres para el contrato y para el trabajo de tu empleador, le pones más fácil al USCIS decidir si prorroga o no tu visado O-1. Si necesitas más información de la que recogen estas preguntas frecuentes sobre el visado O-1, puedes visitar www.uscis.gov.
9¿Me deportarán si me quedo más tiempo del que permite mi visado?
Si necesitas más tiempo para cumplir tu contrato y te rechazan la solicitud de prórroga del visado O-1, puedes quedarte hasta la fecha de salida que figura en tu I-94 sin temor a una deportación forzosa.

Ahora bien, si no sales de Estados Unidos en esa fecha, te arriesgas a la deportación y a una posible prohibición de cualquier entrada futura en el país. Si te deniegan la prórroga de tu visado O-1, cuenta con Mount Bonnell Advisors.
10¿Permite el visado O-1 el dual intent?
Sí, el visado O-1 admite la doble intención (dual intent): como titular de un visado O-1 puedes solicitar la residencia permanente y pasar de no inmigrante a titular de una green card. La doble intención permite a quien tiene un visado de no inmigrante obtener o mantener ese estatus aunque tenga intención de conseguir la residencia permanente (green card). Esta ventaja es uno de los factores que distinguen la categoría O-1 de otros visados de no inmigrante.
La doble intención del O-1 se parece a la del H-1B, con una diferencia concreta. En las primeras fases de la solicitud de la green card, como la certificación laboral, se aplica la misma regla de doble intención a los titulares de visados H-1B y O-1. Pero cuando la solicitud pasa a la fase de ajuste de estatus, la regla cambia un poco:
- Un titular de H-1B con una solicitud de cambio de estatus pendiente puede viajar al extranjero y volver a entrar en EE. UU. como titular de H-1B o con un permiso de viaje anticipado (advance parole).
- Un titular de visado O-1 también puede conservar su estatus O-1 mientras la solicitud de ajuste de estatus está pendiente. Si procede, también puede pedir una prórroga del estatus, pero para los viajes al extranjero rige una norma muy distinta. Si quieres viajar mientras la petición está pendiente, tienes que solicitar un Advance Parole antes de salir de EE. UU. De lo contrario, tu petición I-485 pendiente puede darse por abandonada. Además, si quieres seguir trabajando para el mismo empleador tras volver a EE. UU., necesitas una tarjeta EAD (Employment Authorization Document).
11¿Pueden venir conmigo mi familia y mis asistentes?
Sí, como beneficiario de un visado O-1 puedes venir acompañado de tu familia directa (cónyuge e hijos). También pueden reunirse contigo más adelante, cuando ya estés en Estados Unidos. Tienen que solicitar el visado O-3 y seguir el procedimiento de solicitud correspondiente. Si tus actividades en EE. UU. requieren que tus asistentes estén contigo, ellos también pueden reunir los requisitos para acompañarte o unirse a ti. Para ello deben demostrar que son una «parte integral o esencial» de esas actividades y solicitar un visado O-2.

Tanto el visado O-2 como el O-3 se conceden por el mismo periodo de estancia que el del beneficiario principal del O-1 y solo pueden prorrogarse por ese mismo periodo. Dicho de otro modo: cuando terminen tus actividades O-1, tus familiares y asistentes con visados O-2 y/o O-3 también tendrán que salir de EE. UU.
Ten en cuenta también que tus familiares con visado O-3 no pueden trabajar en Estados Unidos. Sí pueden estudiar en cualquier nivel, pero la duración de sus estudios no puede superar la estancia total de tu visado O-1, salvo que cambien a otro estatus que les dé más tiempo.
12¿Puedo obtener el visado O-1 mediante un cambio de estatus o tengo que pasar por el trámite consular?
Puedes solicitar el visado O-1 por la vía consular o mediante un cambio de estatus, pero cada opción tiene su propio proceso. Si ya estás en Estados Unidos con otro estatus de no inmigrante, puedes pedir un cambio de estatus al visado O-1. Tu empleador inicia el procedimiento enviando el formulario I-129 al USCIS. Si se aprueba la petición, tu estatus cambia automáticamente a O-1 con la aprobación del I-129.

Si optas por la vía consular, en cambio, tu solicitud continúa en un consulado o una embajada de EE. UU. en el extranjero una vez que el USCIS aprueba el formulario I-129 presentado por tu empleador. Recibirás una notificación para concertar tu entrevista en la embajada o el consulado. El principal inconveniente de la vía consular es que, tras la entrevista, tu caso puede pasar a un trámite administrativo adicional. Eso retrasa tu visado, porque tendrías que esperar a que el consulado tome una decisión.
13Cómo te ayudan los abogados del equipo de Mount Bonnell Advisors con tu inmigración
El prestigio del O-1 lo convierte en uno de los visados de no inmigrante más codiciados. Por desgracia, sus requisitos lo dejan fuera del alcance de muchos solicitantes. La buena noticia: trabajando con un abogado de inmigración puedes superar esos obstáculos y mejorar tus posibilidades.

Los abogados de inmigración estadounidenses que colaboran con Mount Bonnell Advisors tienen un historial excelente ayudando a solicitantes del O-1 a conseguir su visado y a superar cualquier obstáculo que surja. Te ayudan a reunir tus pruebas y a presentarlas correctamente ante el USCIS. Para recibir hoy mismo asesoramiento completo sobre el visado O-1, reserva una consulta en nuestra web.
Además, los abogados de inmigración del equipo ayudan a particulares y empresas con visados de inmigrante y de no inmigrante: peticiones de green card, visados familiares y de matrimonio, visados de negocios como el L y el H-1B, certificaciones laborales y peticiones de green card EB-1, EB-2 y EB-3. Cubrimos todas las áreas del derecho de extranjería, entre ellas:
- Green cards por vía familiar y laboral
- Visados de trabajo (visado H-1B, visado L-1, visado O-1)
- Certificación laboral PERM
- Visados de inversor (E-1, E-2)
- Visados familiares (K-1, K-2, K-3)
- Ciudadanía y naturalización
- Protección frente a la deportación y asilo.
¿Quieres viajar a Estados Unidos sin visado? Descubre aquí todo sobre el Electronic System for Travel Authorization (ESTA) para que tu viaje sea tranquilo. Encontrarás todos los artículos sobre el visado O en nuestra guía del visado O.
Qué camino hacia EE. UU. encaja contigo, aclarado en una conversación.
- Hay cuatro visados O: O-1A, O-1B, O-2 para asistentes imprescindibles y O-3 para cónyuges e hijos.
- La petición la presenta un empleador o un agente, también tu propia empresa en EE. UU.; se adjuntan cartas de expertos, el contrato y un itinerario de las actividades.
- El O-1 se concede inicialmente por hasta tres años y se prorroga por periodos de un año.
- El O-1 permite el dual intent; si quieres viajar con una solicitud de green card en curso, necesitas antes un Advance Parole.
- Los familiares con O-3 no pueden trabajar, pero sí estudiar.
Cómo te ayudamos
- Hoja de ruta del visadoPor escrito: qué visado encaja contigo y con tu familia, elaborado con los abogados de inmigración del equipo.
- Consulta sobre visado y green cardQué camino a EE. UU. encaja contigo, aclarado en una consulta.
- Hoja de ruta del visado para emprenderConstitución y visado en un solo plan, para que la empresa sostenga el visado.
- Mudanza a EE. UU.Visado, cuenta, impuestos y lugar de residencia: tu mudanza con Mount Bonnell Advisors.
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