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Blanket L: se aprueba una vez y después, directo al consulado
Parte de la guía La guía definitiva del visado L-1
Con una petición Blanket, un grupo empresarial pide a USCIS que verifique una sola vez que sus sociedades forman parte del mismo grupo. A partir de ahí, directivos y especialistas van directamente al consulado con un formulario, sin petición individual. Se gana tiempo, pero el examen pasa al cónsul, y su negativa es definitiva.
- 1Qué aprueba la petición Blanket, y qué no
- 2Qué empresas pueden presentarla
- 3A quién se puede trasladar con ella
- 4El proceso con el formulario I-129S
- 5Qué examina el cónsul y por qué su negativa es definitiva
- 6Vigencia, prórroga y revocación de la petición
- 7Blanket o petición individual: qué le conviene a una empresa mediana
- 8El empleado: estancia, traslado, prórroga
Para un grupo que cada año envía ingenieros, directores comerciales y jefes de proyecto a sus sociedades estadounidenses, la petición individual del L-1 es un trámite que se repite sin parar. Por cada empleado, la sociedad de EE. UU. tiene que demostrar de nuevo ante USCIS, la autoridad de inmigración, que matriz y filial pertenecen al mismo grupo, que ambas tienen actividad y que el puesto cumple los requisitos. La petición Blanket, algo así como una autorización colectiva, saca esa parte del caso individual.
Este artículo de la guía del visado L-1 explica qué aprueba la petición Blanket, qué empresas pueden presentarla, a quién se puede trasladar con ella, cómo funciona la vía del formulario I-129S y cuándo la petición individual sigue siendo mejor opción para una empresa mediana.
1Qué aprueba la petición Blanket, y qué no
Una petición Blanket no es un visado para un grupo de personas. Es una autorización continua para sociedades. Según 8 CFR 214.2(l)(1), USCIS comprueba si el petitioner y las sociedades matrices, filiales, hermanas y sucursales incluidas son organizaciones cualificadas a efectos del L-1. La resolución de aprobación I-797 enumera las sociedades reconocidas.
Los empleados no figuran en esta petición. Si un directivo o especialista concreto cumple los requisitos lo decide después el State Department, normalmente el funcionario consular ante quien el empleado solicita el visado. La ley exige expresamente en INA 214(c)(2)(A) que este procedimiento permita tramitar los visados con rapidez. Y la rapidez viene justo de aquí: desaparece el paso por USCIS para cada empleado.
Para el empleado, el resultado es el mismo. Obtiene un L-1A o un L-1B, con las mismas duraciones máximas de siete y cinco años, con dual intent y con el L-2 para cónyuge e hijos. En el visado figura «Blanket L-1» y, en el de la familia, «Blanket L-2».
2Qué empresas pueden presentarla
Los requisitos están en 8 CFR 214.2(l)(4). Tres se aplican siempre: todas las sociedades incluidas se dedican al comercio o a los servicios, el grupo tiene una oficina en EE. UU. con al menos un año de actividad, y cuenta con al menos tres sucursales, filiales o sociedades hermanas dentro y fuera del país. A eso se suma uno de tres umbrales de tamaño: diez peticiones L aprobadas en los últimos doce meses, una facturación anual conjunta de las sociedades de EE. UU. de al menos 25 millones $ o al menos 1.000 empleados en EE. UU.
El Foreign Affairs Manual del State Department dice abiertamente para quién está pensado: para empresas relativamente grandes y consolidadas, con una estructura de varios niveles y muchas sociedades vinculadas, que suelen tener un programa fijo de rotación de personal. Los criterios están planteados para dejar fuera a las pequeñas empresas y a las entidades sin ánimo de lucro, que siguen presentando peticiones individuales.
En la petición Blanket deben figurar todas las sociedades que quieran trasladar empleados a través de ella. Si más adelante se suma una sociedad o cambia una participación, hace falta una petición modificada, con su tasa. Importante para empresas familiares con holding: la relación entre las sociedades debe cumplir las normas legales para cada una de las sociedades incluidas. Qué cuenta como matriz, filial o hermana lo explica el artículo sobre los requisitos del L-1.
| Requisito | Qué se exige |
|---|---|
| Actividad | El petitioner y cada sociedad incluida se dedican al comercio o a los servicios. |
| Oficina en EE. UU. | Un establecimiento en EE. UU. con al menos un año de actividad. |
| Estructura del grupo | Al menos tres sucursales, filiales o sociedades hermanas dentro y fuera del país. |
| Tamaño, uno de tres | al menos diez peticiones L aprobadas para directivos, ejecutivos o especialistas con profesión en los últimos doce meses; o sociedades de EE. UU. con una facturación anual conjunta de al menos 25 millones $; o al menos 1.000 empleados en EE. UU. |
Fuente: 8 CFR 214.2(l)(4)(i); 9 FAM 402.12-7(A) (consultado el 24 de octubre de 2026).
3A quién se puede trasladar con ella
Con una petición Blanket solo entran en EE. UU. tres grupos: directivos, ejecutivos y los llamados Specialized Knowledge Professionals. El tercer grupo es más restringido que el L-1B normal: exige conocimientos especializados y, además, que el empleado ejerza una profesión en el sentido de INA 101(a)(32). La ley cita como ejemplos a arquitectos, ingenieros, juristas, médicos, cirujanos y profesores. Por eso, un técnico de servicio experimentado con un profundo conocimiento del producto que no ejerza ninguna de estas profesiones necesita una petición individual, aunque su grupo tenga una aprobación Blanket.
Según el Foreign Affairs Manual, quedan excluidos también quienes vayan a abrir una nueva oficina o a trabajar en ella. Blanket L sirve a la oficina ya consolidada. Quien monta su primera sociedad en EE. UU. va por la vía de la petición individual.
Para todos rige el conocido año: dentro de los tres años anteriores a la solicitud del visado, el empleado tiene que haber trabajado al menos un año seguido a jornada completa en una sociedad que figure en la resolución de aprobación, como directivo, ejecutivo o especialista. Ya no existe un plazo más corto. Hasta 2004, la ley preveía seis meses para los casos Blanket; el Congreso eliminó esa reducción con la Pub. L. 108-447.
4El proceso con el formulario I-129S
Cuando una de las sociedades incluidas quiere trasladar a un empleado a una sociedad del grupo en EE. UU., rellena el formulario I-129S, el certificado para cada empleado. Según 8 CFR 214.2(l)(5), se emite en original y tres copias. La empresa se queda una copia; el original y dos copias van al empleado, cada uno con una copia de la aprobación Blanket I-797. USCIS pide además una carta con los datos del empleo, funciones, cualificación y salario que acredite el año en el extranjero.
Con estos documentos, el empleado solicita el visado dentro de los seis meses siguientes a la fecha del I-129S. En el consulado paga la tasa de visado de 205 $ y, al tratarse de un I-129S nuevo, la tasa antifraude de 500 $. Esta solo la paga el solicitante principal, no la familia. Si el empleador alcanza el umbral de la Pub. L. 114-113, es decir, al menos 50 empleados en EE. UU. de los que más de la mitad tienen H-1B o L, se suman 4.500 $. Según el Foreign Affairs Manual, estas tasas se descuentan de la tasa de reciprocidad que pueda corresponder.
Si el empleado ya está en EE. UU. y pasa al L-1, el empleador presenta el I-129S junto con un formulario I-129 ante USCIS. El proceso general en el consulado, del DS-160 a la entrevista, lo explica el artículo Solicitar el L-1.
| Paso | Formulario | Tasa |
|---|---|---|
| Petición Blanket del grupo ante USCIS | I-129 | 1.385 $ en papel o 1.335 $ online, más la Asylum Program Fee de 600 $; Premium Processing opcional, 2.965 $ |
| Certificado por empleado | I-129S con copia del I-797 | sin tasa básica |
| Solicitud de visado en el consulado | DS-160, I-129S, I-797 | 205 $ por persona |
| Tasa antifraude en el consulado | por cada I-129S nuevo | 500 $, solo el solicitante principal |
| Tasa según la Pub. L. 114-113 | en el consulado | 4.500 $ solo para empleadores con al menos 50 empleados en EE. UU., de los que más de la mitad tienen H-1B o L; no se aplica al L-2 |
Fuente: USCIS, Form G-1055, edición 10/16/26; 22 CFR 22.1, items 21(b) y 25; 9 FAM 402.12-7(I); 8 CFR 106.4(c)(5).
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5Qué examina el cónsul y por qué su negativa es definitiva
Con el Blanket L, el examen de verdad lo hace el cónsul. Comprueba si el puesto en EE. UU. está en una sociedad de la resolución de aprobación, si es un puesto de directivo, ejecutivo o Specialized Knowledge Professional y si el año en el extranjero se trabajó en una sociedad incluida y en una función de ese tipo. 8 CFR 214.2(l)(5)(ii)(E) solo le permite conceder el L en casos claramente aprobables.
Si una cuestión no se aclara en la entrevista, el cónsul deniega según INA 221(g) y anota en el I-129S «not clearly approvable». Antes, según el Foreign Affairs Manual, debe valorar si el empleado encaja como directivo o como especialista con profesión. Su decisión es definitiva: con la misma petición Blanket, el empleado no puede volver a presentarse, tampoco en la otra categoría.
Pero el camino no se acaba ahí. El empleador puede presentar una petición individual ante USCIS para el empleado, indicando por qué denegó el consulado, qué consulado fue y cuándo. Y al revés: para un mismo empleado no pueden tramitarse ambos procedimientos a la vez mientras ningún cónsul haya denegado. Qué hacer tras una denegación lo explica el artículo L-1 denegado o RFE.
6Vigencia, prórroga y revocación de la petición
Según 8 CFR 214.2(l)(7), una petición Blanket vale inicialmente tres años. Después puede prorrogarse de forma indefinida si las sociedades han cumplido las normas. Para ello, el grupo presenta un nuevo formulario I-129 con una copia de la aprobación anterior y un informe de todos los empleados que han entrado con ella en esos tres años: puesto, sociedad, fecha de la primera entrada y de la salida definitiva. Además, declara si sigue cumpliendo los requisitos.
Quien deja pasar esta prórroga pierde la aprobación automáticamente, sin appeal. Si se deniega la vigencia indefinida o no se solicita, el grupo tendrá que presentar peticiones individuales durante tres años antes de poder pedir una nueva petición Blanket. USCIS también puede revocar la aprobación si una sociedad deja de cumplir los requisitos, se han infringido las normas o ninguna sociedad ha usado el procedimiento durante tres años seguidos.
Las cifras de USCIS muestran que, para grupos consolidados, el listón es bajo. Del 1 de octubre de 2025 al 30 de junio de 2026, USCIS recibió 998 peticiones Blanket L. Se resolvieron 990 y se aprobaron 971, un 98,1 por ciento. El 22,6 por ciento recibió antes un RFE.
7Blanket o petición individual: qué le conviene a una empresa mediana
Para muchas empresas europeas, la pregunta ni se plantea. Quien tiene una filial en EE. UU. con veinte empleados y envía a alguien cada dos años no alcanza ninguno de los tres umbrales de tamaño. Para esa empresa, el camino sigue siendo la petición individual, y no es ninguna desventaja: con Premium Processing, USCIS decide en 15 días hábiles, y el examen lo hace la autoridad, cuya decisión se puede recurrir.
Para grupos con varias sociedades en EE. UU., plantas propias y rotación regular, las cuentas son otras. Cada petición individual cuesta la tasa básica, la Asylum Program Fee y la preparación. Con la aprobación Blanket, esa parte desaparece y los empleados van directamente al consulado con el I-129S. El precio es que el examen cambia de manos: el cónsul decide solo, y su negativa solo se puede compensar con una petición individual.
Un grupo con aprobación Blanket también puede presentar en cualquier momento una petición individual. Tiene sentido cuando el caso de un empleado no está claro, por ejemplo un especialista cuya profesión no encaja limpiamente en ninguna categoría. En ese caso, el empleador debe confirmar que el empleado no presentará una solicitud Blanket en el consulado. Lo que implica el desplazamiento más allá del visado, desde la seguridad social hasta las nóminas, lo explicamos en el artículo sobre el desplazamiento de empleados a EE. UU.
8El empleado: estancia, traslado y prórroga
A la entrada, CBP anota en el I-129S una estancia de tres años como máximo. El empleado puede quedarse esos tres años aunque la propia petición Blanket caduque antes; en ese caso, el empleador debe solicitar a tiempo la validez indefinida o presentar una petición individual. Según el Foreign Affairs Manual, en la primera solicitud el cónsul fija la validez del I-129S en tres años desde la decisión o en la fecha final solicitada, lo que llegue antes.
Dentro del grupo, el empleado tiene movilidad. Puede cambiar sin nuevo examen a cualquier sociedad incluida en la resolución de aprobación, siempre que allí haga básicamente el mismo trabajo. Si cambian sus funciones, necesita un nuevo I-129S, que se presenta ante USCIS.
Para prorrogar la estancia, el empleador presenta un nuevo I-129S con una copia del anterior, junto con la prórroga de la petición. El empleado debe estar en EE. UU. en ese momento. Cada prórroga es de hasta dos años, con un total de hasta siete años para directivos y ejecutivos y cinco para especialistas. Si más adelante solo renueva su visado con un I-129S todavía válido, el cónsul no tiene que volver a examinar su cualificación. Los detalles sobre la duración máxima están en el artículo L-1: validez y prórroga.
Qué camino hacia EE. UU. encaja contigo, aclarado en una conversación.
- La petición Blanket aprueba las sociedades de un grupo, no a empleados concretos. Sobre la clasificación de cada empleado decide el cónsul.
- Puede presentarla un grupo con una oficina en EE. UU. que lleve al menos un año operando, al menos tres sociedades vinculadas y que cumpla uno de los tres umbrales de tamaño.
- Con Blanket L solo pueden ir directivos, ejecutivos y especialistas que ejerzan una profesión en el sentido de la ley, como ingenieros; no los empleados de una nueva sede.
- Si el cónsul la rechaza, es definitivo. El empleador puede entonces presentar una petición individual ante USCIS.
- La petición vale inicialmente tres años y después se puede prorrogar de forma indefinida si el grupo ha cumplido las normas.
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