Tu empleado clave puede acompañarte si comparte tu nacionalidad.
Visado de inversor E-2 en EE. UU.: trabajadores extranjeros
Forma parte de la Guía del visado de inversor E-2 para EE. UU.
Por regla general, si el solicitante no es el inversor principal, debe ocupar un puesto directivo o de supervisión, o bien contar con conocimientos altamente especializados imprescindibles para el funcionamiento de la empresa. Los trabajadores cualificados corrientes o los no cualificados no reúnen los requisitos.
1El inversor debe dirigir personalmente la empresa para traer trabajadores extranjeros con un visado E-2
Si el propietario mayoritario de la empresa E-2 quiere entrar en Estados Unidos como inversor o enviar allí a un empleado, debe demostrar que desarrolla y dirige personalmente la empresa. Si una empresa extranjera posee al menos el 50 % de una empresa estadounidense y quiere que un empleado suyo vaya a EE. UU., ya sea como empleado de la matriz o de la filial estadounidense, la matriz extranjera debe demostrar que desarrolla y dirige la empresa en EE. UU.

Cuando la propiedad en un país del tratado está tan repartida que ninguna persona o empresa por sí sola puede demostrar capacidad para dirigir y desarrollar la empresa estadounidense, los propietarios con nacionalidad de un país del tratado deben:
- demostrar que en conjunto poseen el 50 % de la empresa estadounidense, y
- demostrar que, al menos de forma conjunta, son capaces de desarrollar y dirigir la empresa estadounidense.
En estos casos, ningún propietario puede obtener el visado E-2 como "inversor". Todos los beneficiarios del E-2 deben demostrar que son empleados de la empresa estadounidense y que van a EE. UU. para desempeñar funciones de directivo, supervisor o empleado esencialmente cualificado.
2Requisitos generales para los trabajadores
Para poder traer a un trabajador a Estados Unidos, el futuro empleador estadounidense debe mantener el estatus E-2. Además, deben cumplirse varios criterios:
- El empleador debe cumplir el requisito de nacionalidad: si es una persona física, debe tener la nacionalidad del país del tratado; si es una empresa u otra organización empresarial, al menos el 50 % de sus propietarios debe tener la nacionalidad del país del tratado. Ten en cuenta que un extranjero con residencia permanente no puede traer empleados a través del programa E-2. Además, las participaciones en una sociedad u otra organización empresarial que pertenezcan a extranjeros con residencia permanente no cuentan para determinar la participación mayoritaria de nacionales del país del tratado a efectos de que la empresa pueda incorporar trabajadores extranjeros con el visado E-2:
- El empleador y el trabajador deben tener la misma nacionalidad; y
- Si el empleador no reside en el extranjero, debe mantener el estatus de visado E-2 en Estados Unidos.
Empresa y visado en un solo plan, para que la sociedad sostenga el visado.
3Directivos y supervisores
Para valorar si un trabajador se considera directivo o supervisor, se tienen en cuenta los siguientes factores:

- La denominación del puesto previsto para el solicitante, su lugar en el organigrama de la empresa, las funciones del puesto, el grado de control y responsabilidad final que tendrá el solicitante sobre el conjunto de la empresa o una parte importante de ella, el número y nivel de cualificación de los empleados que supervisará, el salario y si el solicitante cuenta con experiencia acreditada como directivo o supervisor;
- Si la parte directiva o de supervisión del puesto es su función principal y no algo secundario o complementario. Por ejemplo, si el puesto exige sobre todo capacidades de gestión o implica una función de supervisión importante sobre gran parte de la actividad de la organización, con tareas rutinarias solo ocasionales, por lo general procedería un visado E-2 para directivos. En cambio, si el puesto consiste principalmente en trabajo rutinario y, de forma secundaria, en supervisar a empleados de nivel bajo, no puede considerarse directivo ni de supervisión; y
- El peso de cada factor, que puede variar según el caso. Por ejemplo, un cargo como "vicepresidente" o "manager" puede ser útil para valorar el carácter de supervisión de un puesto si el solicitante se incorpora a una gran empresa con muchos empleados. Pero si llega a una pequeña oficina con dos empleados, ese título por sí solo tendría poca importancia.
4Empleados esenciales o especialmente cualificados
Además, la ley prevé que los empleados con cualificaciones especiales que hagan su trabajo imprescindible para el funcionamiento eficiente de la empresa puedan optar a un visado E-2. Es decir, el trabajador debe tener capacidades especiales y la empresa debe necesitarlas. La carga de la prueba de que el solicitante posee cualificaciones especiales imprescindibles para el funcionamiento eficiente de la empresa en EE. UU. recae sobre la empresa y el solicitante.

Al solicitar el visado E-2, el solicitante debe demostrar no solo que se necesitan las capacidades que aporta, sino también durante cuánto tiempo. En general, el visado E-2 para empleados está pensado para especialistas y no para trabajadores cualificados corrientes. Aun así, hay excepciones. Algunas capacidades pueden ser necesarias mientras la empresa siga en marcha; otras, durante un periodo más corto, por ejemplo al poner en marcha una empresa.
Aunque entre los extremos que se indican a continuación hay un amplio abanico, estos ejemplos dan a los funcionarios consulares cierta perspectiva sobre la cuestión:
- Necesidad a largo plazo: el empleador puede demostrar una necesidad continua de las cualificaciones si el empleado E-2 se dedica a funciones como el desarrollo continuo de mejoras de producto, el control de calidad o la prestación de un servicio que no estaría disponible de otro modo.
- Necesidad a corto plazo: el empleador puede necesitar las cualificaciones solo durante un periodo relativamente corto (por ejemplo, uno o dos años) si la función del trabajador está ligada al arranque de la actividad (de la empresa o de una nueva actividad de esta) o a la formación y supervisión de técnicos de producción, mantenimiento y reparación.
Una vez que la empresa ha determinado que necesita esas capacidades especiales, hay que analizar la experiencia y la formación necesarias para adquirirlas, con el fin de identificar qué las hace especiales. La duración de la necesidad marcará diferencias entre los distintos tipos de capacidades. Y, por último, el empleado E-2 debe demostrar que posee esas capacidades acreditando la formación y/o experiencia necesarias.
Para valorar las capacidades especiales y su carácter esencial, se tienen en cuenta los siguientes factores:
- El grado de conocimientos acreditados del empleado E-2 en su campo de especialización;
- La singularidad de las capacidades especiales;
- La función del puesto al que se destina el empleado E-2; y
- El salario que puede obtenerse con esa competencia especial.
Cuánto dura esa singularidad depende en gran medida del tiempo de formación necesario para realizar las tareas previstas y, en algunos casos, también de la experiencia y formación adquiridas dentro de la empresa.
La disponibilidad de trabajadores estadounidenses es otro factor para valorar el grado de especialización del solicitante E-2 y hasta qué punto es imprescindible para el buen funcionamiento de la empresa. No se trata de una prueba de certificación laboral, sino de una medida del grado de especialización de esas capacidades y de la necesidad que hay de ellas. Por ejemplo, un técnico de televisión que viaja a EE. UU. para formar a trabajadores estadounidenses en una nueva tecnología televisiva poco disponible en el mercado estadounidense podría optar a un visado E-2 como trabajador esencial.
Si la documentación inicial no basta para aclarar si las capacidades son esenciales, el funcionario consular puede pedir al empleador declaraciones de cámaras de comercio, organizaciones laborales, asociaciones sectoriales u oficinas públicas de empleo que acrediten que no hay trabajadores estadounidenses disponibles en esos ámbitos de cualificación.
Con estos criterios se valora si el trabajador es imprescindible para el funcionamiento eficiente de la empresa de forma indefinida o durante un periodo más corto. Puede resultar que algunas cualificaciones sean necesarias mientras la empresa siga activa. Valorar la necesidad a corto plazo de un trabajador en Estados Unidos, por ejemplo en empresas de nueva creación, no suele plantear problemas. El empleo a largo plazo es otra cuestión, porque lo que hoy es muy especializado y único quizá no lo sea dentro de unos años. Es de esperar que estos cambios se den sobre todo en sectores que evolucionan rápido, como la informática. Aunque esto no pueda determinarse del todo en la primera solicitud E-2, el funcionario consular debería tenerlo presente en futuras renovaciones. En cada renovación del E-2, el trabajador extranjero debe demostrar que sus capacidades especiales siguen siendo necesarias y que sigue poseyéndolas.
Los trabajadores imprescindibles tienen capacidades que los distinguen de los trabajadores con cualificación normal. Si el trabajador extranjero demuestra que posee cualificaciones especiales y que es imprescindible de forma permanente para el funcionamiento eficiente de la empresa estadounidense, no es necesario formar a trabajadores estadounidenses para sustituirlo.
En algunos casos, incluso trabajadores con una cualificación normal pueden considerarse empleados imprescindibles, y casi siempre se trata de personas necesarias para poner en marcha la empresa o para formar al equipo. Una empresa nueva, o una ya consolidada que se expande a un nuevo ámbito en Estados Unidos, puede necesitar durante un periodo corto a empleados con una cualificación habitual. Estos empleados son imprescindibles más por conocer bien la empresa en el extranjero que por sus habilidades. La especialización no está en lo que el solicitante del E2 ha aprendido, sino en su conocimiento de las particularidades del negocio del empleador. Para evitar problemas en solicitudes posteriores, los funcionarios consulares pueden decidir, ya en la solicitud inicial del E2, fijar un plazo dentro del cual la empresa debe sustituir a esos trabajadores extranjeros por personal contratado localmente.
No hace falta que un empleado clave haya trabajado antes en la empresa. El empleo previo solo cuenta cuando las habilidades necesarias únicamente pueden adquirirse de esa forma. Para valorar si alguien es imprescindible, lo que importa es que la empresa necesite esas habilidades y que el trabajador extranjero las tenga. Un empleador puede necesitar ciertas cualificaciones para su negocio aunque ahora mismo no tenga a nadie en plantilla que las reúna.
Encontrarás más sobre este visado en nuestra página general del visado de inversor E2, por ejemplo sobre los requisitos de la empresa en EE. UU. y el visado para cónyuges e hijos.
Qué camino hacia EE. UU. encaja contigo, aclarado en una conversación.
- Los empleados que no invierten obtienen un E-2 si ocupan un puesto directivo o de supervisión, o si tienen habilidades imprescindibles para el negocio; los profesionales corrientes, no.
- Empleador y empleado deben tener la misma nacionalidad, y al menos el 50 % de la empresa debe pertenecer a nacionales del país del tratado.
- Si un puesto es directivo lo demuestran las funciones, la posición en la empresa, el número de empleados a cargo y el salario, no solo el cargo.
- En los especialistas cuentan los conocimientos, su carácter único, la función, el salario y la disponibilidad de trabajadores en EE. UU.; también hay que demostrar durante cuánto tiempo se necesitan esas habilidades.
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