El cambio de estatus en EE. UU. no es un visado. Lo notarás la primera vez que salgas del país.
Visado de inversor E-2 de EE. UU.: procedimiento de solicitud
Forma parte de la Guía del visado de inversor E-2 para EE. UU.
Si el inversor o el empleado E-2 ya se encuentra en Estados Unidos con un estatus migratorio válido, puede solicitar directamente ante USCIS un cambio de estatus, una prórroga de su estancia o un cambio de empleador, sin salir del país.
Si el inversor está fuera de EE. UU., el visado E-2 no requiere ninguna petición aprobada previamente por USCIS. Es decir, el inversor o el empleado puede solicitarlo en su propio nombre directamente en una embajada o un consulado de EE. UU. en el país de su nacionalidad o de su residencia. El visado E-2 puede expedirse con una validez de hasta 5 años y renovarse indefinidamente, siempre que el solicitante siga cumpliendo los requisitos. La duración real depende del tratado entre EE. UU. y el país del solicitante y del criterio del funcionario consular.
Debes saber que una aprobación de cambio de estatus no es un visado. En cuanto la persona sale de Estados Unidos, por el motivo que sea, tiene que solicitar de nuevo un visado E-2 en un consulado de EE. UU. antes de volver a entrar. Solo la embajada o el consulado de EE. UU. puede expedir un visado E-2 que autorice la entrada en el país. USCIS únicamente concede autorización de estancia a quienes ya están en EE. UU. y no puede expedir un visado E-2 para entrar en Estados Unidos.
Todo lo demás sobre el visado lo tienes en nuestra página general del visado de inversor E-2, por ejemplo sobre la cuantía de la inversión o el visado para cónyuge e hijos. Para tu caso concreto, lo mejor es que reserves una consulta.
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- Si ya estás en EE. UU. con un estatus válido, puedes solicitar ante USCIS un cambio de estatus, una prórroga o un cambio de empleador sin salir del país.
- Desde fuera de EE. UU., solicitas el E-2 sin petición previa a USCIS, directamente en una embajada o un consulado de EE. UU. en el país de tu nacionalidad o de tu residencia.
- El visado puede tener una validez de hasta cinco años y renovarse indefinidamente; la duración real depende del tratado con tu país y del funcionario consular.
- Un cambio de estatus aprobado no es un visado: cada vez que salgas del país, necesitarás un visado E-2 del consulado.
Cómo te ayudamos
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- Crear una empresa en EE. UU.LLC, Inc o LP en Delaware, Florida, California, Nueva York, Texas o Wyoming.
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