Ningún jefe firma por ti. Esa es la ventaja, y también el trabajo.
Autopetición EB-1A: la green card en la que tú eres tu propio aval
Parte de la guía El visado EB-1A de EE. UU.
Casi todas las green cards por motivos laborales necesitan a alguien que firme por ti. Un empleador estadounidense presenta la petición, a menudo tras un largo procedimiento ante el Departamento de Trabajo, y te ata a él. La EB-1A es la excepción. Presentas la petición tú mismo, sin oferta de empleo, sin Labor Certification y sin patrocinador. Tu patrocinador son tus logros.
- 1Quién puede presentar la petición
- 2Qué sustituye a la oferta de trabajo
- 3El formulario I-140 como autopeticionario
- 4Sin empleador no significa sin trabajo
- 5De la petición a la green card
- 6El puente hasta entonces: O-1, L-1 y otros
- 7Presentarla tú mismo o con abogado
- 8Qué significa para tu vida una green card sin empleador
Este artículo explica quién puede presentar la petición, qué acreditas en lugar de una oferta de trabajo, qué importa en el formulario I-140 como autopeticionario, cómo sigue el proceso tras la petición y qué visado puede cubrir el tiempo hasta la green card. Qué significa extraordinario según la ley lo explica el artículo sobre el visado Einstein; la visión general está en la guía de la green card EB-1A.
1Quién puede presentar la petición
La norma está en 8 CFR 204.5(h)(1): un extranjero, o cualquier otra persona en su nombre, puede presentar la petición en la categoría de capacidades extraordinarias. El Policy Manual de USCIS concluye de ello que cualquiera puede presentarla, también el propio beneficiario como self-petitioner. En su página de resumen sobre la EB-1, USCIS lo dice aún más claro: con capacidades extraordinarias puedes presentar la petición para ti mismo.
Lo especial que es se ve al mirar a las categorías vecinas. En la EB-1B, la green card para profesores e investigadores destacados, el empleador estadounidense debe presentar la petición y aportar una oferta de empleo. En la EB-1C, la green card para directivos y ejecutivos multinacionales, un empleador estadounidense con al menos un año de actividad debe querer contratarte en un puesto directivo. En ambos casos, el empleador debe demostrar además que puede pagar el salario ofrecido. En la EB-1A todo eso desaparece. La comprobación de capacidad de pago, según 8 CFR 204.5(g)(2), solo se exige en peticiones que requieren una oferta de empleo.
La única otra categoría en la que no necesitas empleador es la EB-2 con National Interest Waiver. No exige estar en la cima, sino un título o capacidades excepcionales en sentido amplio y una actividad de interés nacional. Más en el artículo sobre la green card EB-2 NIW sin patrocinador.
| Categoría | Peticionario | Oferta de empleo | Labor Certification |
|---|---|---|---|
| EB-1A, capacidades extraordinarias | tú mismo o cualquier otra persona en tu nombre | no necesaria | no necesaria |
| EB-1B, profesores e investigadores destacados | el empleador estadounidense | necesaria | no necesaria |
| EB-1C, directivos y ejecutivos multinacionales | el empleador estadounidense, con al menos un año de actividad | necesaria | no necesaria |
| EB-2 con National Interest Waiver | puedes ser tú mismo | dispensada por interés nacional | no necesaria |
Fuente: USCIS, Employment-Based Immigration: First Preference EB-1 (página actualizada el 24 de enero de 2025); 8 CFR 204.5(h)(1) y (h)(5); 8 U.S.C. § 1153(b)(2)(B)(i); USCIS, I-140 Form Filing Tips (Petition Type 1.h sin número fiscal) (consultado el 24 de octubre de 2026).
2Qué sustituye a la oferta de trabajo
Sin empleador no significa sin plan. La ley exige que vengas a EE. UU. para seguir trabajando en tu campo y que tu llegada beneficie sustancialmente al país en el futuro. La norma 8 CFR 204.5(h)(5) lo convierte en una cuestión de prueba. No hace falta una oferta de empleo, pero la petición debe incluir pruebas claras de que seguirás trabajando en tu campo en EE. UU.
La norma cita tres tipos de pruebas. Primero, cartas de futuros empleadores: una universidad, una empresa, una orquesta o una asociación que quiera contratarte tras la green card sin tener que presentar la petición. Segundo, compromisos previamente acordados, como contratos: encargos de clientes estadounidenses, actuaciones, acuerdos de licencia, una participación en una empresa estadounidense. Tercero, una declaración tuya en la que expliques cómo piensas continuar tu trabajo en EE. UU.
Para la mayoría de los autopeticionarios, esa declaración es la columna vertebral. Debe ser concreta: dónde quieres trabajar, con quién, en qué proyectos, cómo te financias y por qué EE. UU. sale ganando. Todo lo que se pueda acreditar, acredítalo: conversaciones con posibles socios, cartas de intención, invitaciones. Una frase como «Quiero trabajar en mi campo en EE. UU.» no basta cuando la norma exige pruebas claras.
El Policy Manual muestra con un ejemplo del deporte con qué detalle mira USCIS. Para USCIS, quien ha logrado reconocimiento como atleta y quiere trabajar en EE. UU. como entrenador cambia por lo general de campo, porque competir y entrenar exigen capacidades distintas. Solo quien también ha obtenido reconocimiento nacional como entrenador puede presentar ambas cosas como un mismo campo. Para emprendedores, investigadores y artistas rige la misma lógica: tu trabajo en EE. UU. debe encajar con el campo en el que acreditas tu reconocimiento.
3El formulario I-140 como autopeticionario
Presentas la petición con el formulario I-140, Immigrant Petition for Alien Workers, en su versión del 7 de junio de 2024. Puedes enviarlo por correo o a través de una cuenta online de USCIS. Como autopeticionario eres a la vez peticionario y beneficiario, y el formulario está pensado en realidad para empleadores. Por eso USCIS ha fijado en sus indicaciones reglas propias para autopeticionarios. La tabla las resume.
Hay tres puntos clave. Para el Petition Type 1.a no necesitas número fiscal estadounidense; no tienes que solicitar un EIN solo para presentar la petición. Con las preguntas 5 y 6 de la Part 1 decides el importe de la Asylum Program Fee: respondiendo No a la pregunta 5 y Sí a la 6, como autopeticionario pagas 300 $ en lugar de 600 $. Si faltan datos obligatorios como nombre, dirección o fecha de nacimiento, USCIS rechaza el formulario.
La firma es tuya. USCIS no acepta un nombre mecanografiado, ni la firma de un abogado o un familiar por ti, ni un sello, ni una firma creada con software de firma corriente fuera de la cuenta de USCIS. Si trabajas con un abogado, él presenta el formulario G-28 y te representa, pero firmar tienes que firmar tú. El detalle de las tasas está en costes de la EB-1A.
| Apartado del formulario | Qué se aplica |
|---|---|
| Part 1, número fiscal | Con el Petition Type 1.a (capacidades extraordinarias) no hace falta EIN ni número de la Seguridad Social |
| Part 1, pregunta 5 (sin ánimo de lucro) | Los autopeticionarios marcan No |
| Part 1, pregunta 6 (número de empleados) | Los autopeticionarios marcan Sí; así se aplica la Asylum Program Fee reducida de 300 $ |
| Part 2 | Petition Type 1.a, Alien of Extraordinary Ability |
| Firma | la tuya, manuscrita o en la cuenta online de USCIS; sin nombre mecanografiado, sin sello, sin firma del abogado por ti |
| presentación | por correo u online; con Premium Processing, solo por correo |
Fuente: USCIS, I-140, Immigrant Petition for Alien Workers, Form Filing Tips (página actualizada el 24 de julio de 2026); USCIS, Form G-1055 Fee Schedule, Edition 10/16/26 (consultado el 24 de octubre de 2026).
Por escrito: qué visado encaja contigo y con tu familia, elaborado con los abogados de inmigración del equipo.
4Sin empleador no significa sin trabajo
La autopetición te da una libertad que otras green cards no ofrecen. Como la petición no está ligada a ningún puesto, decides tú cómo trabajas en EE. UU.: por cuenta ajena, por cuenta propia, como fundador o combinando todo ello. Lo único que cuenta es que sigas en tu campo. Quien llega con una petición de empleador queda, en cambio, ligado al principio al puesto para el que se presentó.
La EB-1A también ayuda con los plazos. La Priority Date, tu lugar en la cola para un número de visado, es según 8 CFR 204.5(d), en peticiones sin Labor Certification, el día en que USCIS recibe correctamente la petición completa y firmada, con todas las pruebas iniciales y la tasa correcta. Una vez aprobada, conservas esa fecha según 8 CFR 204.5(e) también para peticiones posteriores en la primera, segunda o tercera categoría de preferencia, salvo que USCIS revoque la aprobación por fraude o error sustancial. Una petición denegada no genera Priority Date.
Para lectores de España y del resto de Europa, la Priority Date pesa menos que para solicitantes de China o la India. Según los datos de USCIS a junio de 2026, en la primera categoría de preferencia ninguna petición aprobada del resto del mundo esperaba un número de visado. Lo que te importa, por tanto, es sobre todo la rapidez con la que USCIS decide sobre la propia petición. Más en los plazos de tramitación.
5De la petición a la green card
La petición aprobada todavía no es la green card. Confirma que encajas en la categoría. La green card la solicitas en un segundo paso, por una de dos vías.
Si ya vives en EE. UU. con un estatus que permite el cambio, la solicitas allí con el formulario I-485, el Adjustment of Status. Según 8 CFR 245.2(a)(2)(i)(B), puedes presentarla junto con la I-140 si tuvieras un número de visado disponible de inmediato. Para ello, petición y solicitud deben llegar a la vez, en el mismo sobre y con las tasas correctas. Conviene aclarar antes si tu estatus permite el cambio.
Si vives en España o en otro país fuera de EE. UU., tras la aprobación de la petición solicitas un visado de inmigrante en el consulado estadounidense competente. Tras la entrevista y la entrada, USCIS emite la green card. Según USCIS, tu cónyuge y tus hijos solteros menores de 21 años pueden acompañarte como E14 y E15; cada uno presenta su propia solicitud o pide su propio visado. La tabla muestra ambas vías lado a lado.
| Cambio de estatus en EE. UU. (I-485) | Procedimiento consular | |
|---|---|---|
| Para quién | quien vive en EE. UU. con un estatus que permite el cambio | quien vive fuera de EE. UU., por ejemplo en España |
| Cuándo | junto con la I-140 o después, si hay un número de visado disponible de inmediato | tras la aprobación de la I-140 |
| Tasa por persona | 1.440 $ (papel), 1.390 $ (online); menores de 14 años con uno de los padres 950 $ o 900 $ | 345 $ de tasa de visado y 235 $ de USCIS Immigrant Fee |
| Familia | Cónyuge e hijos solteros menores de 21 años presentan sus propias solicitudes | Cónyuge e hijos solteros menores de 21 años solicitan sus propios visados |
Fuente: 8 CFR 245.2(a)(2)(i)(B); USCIS, Form G-1055 Fee Schedule, Edition 10/16/26; 22 CFR 22.1, Item 32(b); USCIS, Employment-Based Immigration: First Preference EB-1 (consultado el 24 de octubre de 2026).
6El puente hasta entonces: O-1, L-1 y otros
Muchos de los que presentan su propia solicitud no quieren esperar a tener la green card para empezar a trabajar en Estados Unidos. Para ello necesitan un visado temporal que sea compatible con la intención de quedarse de forma permanente.
La opción más cercana es el O-1, el visado para personas con capacidades extraordinarias. Tiene una pega: no puedes solicitarlo tú mismo. Según 8 CFR 214.2(o)(2)(i), hace falta un empleador estadounidense, un agente en EE. UU. o un empleador extranjero a través de un agente en EE. UU. Si tienes tu propia empresa en Estados Unidos, puede que con ella cubras ese hueco; te lo explicamos en el artículo O-1 con tu propia empresa. La gran ventaja: según 8 CFR 214.2(o)(13), una petición de green card no es motivo para denegar ni dejar de prorrogar el O-1. Puedes trabajar en EE. UU. con un O-1 y, al mismo tiempo, tramitar la EB-1A.
Si tienes en tu país una empresa que pueda desplazarte, valora el L-1. Según 8 CFR 214.2(l)(16), con el L-1 puedes trabajar temporalmente en EE. UU. y, a la vez, aspirar legalmente a la green card, y una petición de green card no es motivo para denegar el L-1. Para los empresarios que cumplen los requisitos, suele ser el camino más rápido a Estados Unidos. Si, en cambio, quieres fundar y dirigir tú mismo una empresa estadounidense, el E-2 es una alternativa.
7Presentarla tú mismo o con abogado
La normativa no exige abogado. Puedes preparar, firmar y presentar la petición tú solo. Te ahorras honorarios, pero todo el trabajo recae en ti: elegir los criterios, reunir y traducir las pruebas, las cartas y la carta de presentación que guía al funcionario por el expediente.
Que compense la ayuda depende menos de los formularios que del expediente. Los formularios se pueden resolver. Lo difícil es convertir tu trayectoria en un relato que convenza, en la segunda fase de evaluación, a un funcionario sin conocimientos de tu campo. Lo que suele fallar lo cuenta el artículo sobre los errores más comunes en la solicitud EB-1A; cómo es la carta de presentación, el artículo sobre la carta de presentación EB-1A. Qué pruebas y cartas funcionan lo encontrarás en el artículo sobre pruebas y cartas de recomendación.
Qué camino hacia EE. UU. encaja contigo, aclarado en una conversación.
8Qué significa para tu vida la green card sin empleador
Con la green card tienes residencia permanente, y con ella llegan obligaciones que no tienen nada que ver con un empleador. La más importante son los impuestos. Según el Green Card Test del IRS, eres residente a efectos del impuesto federal desde el momento en que tienes green card en cualquier momento de un año natural, y lo sigues siendo hasta que renuncies al estatus por escrito o este termine. A partir de ahí declaras en EE. UU. tus ingresos mundiales. Cómo es la primera declaración lo vemos contigo en la declaración de impuestos en EE. UU..
Para empresarios y directivos que se han ganado el reconocimiento en el mercado y no en la universidad, los criterios plantean preguntas propias. El artículo EB-1A para empresarios y directivos las repasa con ejemplos. En cualquier caso, la autopetición sigue siendo lo que es: el camino más directo a la green card para todos aquellos cuyo trabajo habla por sí solo.
- Según 8 CFR 204.5(h)(1), puedes solicitar la EB-1A tú mismo; no necesitas oferta de empleo ni Labor Certification.
- En lugar de la oferta de empleo, demuestras que seguirás trabajando en tu campo en EE. UU.: cartas de futuros clientes, contratos o tu propia declaración detallada.
- Si presentas tú la solicitud, no necesitas EIN para el formulario I-140 y pagas la Asylum Program Fee reducida de 300 $.
- Tras la petición, el camino pasa por el cambio de estatus en EE. UU. o por el consulado; tu cónyuge y tus hijos solteros menores de 21 años te acompañan.
- El O-1 puede servir de puente: una petición de green card en curso no es motivo para denegarlo.
Cómo te ayudamos
- Hoja de ruta del visadoPor escrito: qué visado encaja contigo y con tu familia, elaborado con los abogados de inmigración del equipo.
- Consulta sobre visado y green cardQué camino a EE. UU. encaja contigo, aclarado en una consulta.
- Tu declaración de la renta en EE. UU.Form 1040 o 1040-NR, con atención en inglés.
- Mudanza a EE. UU.Visado, cuenta, impuestos y lugar de residencia: tu mudanza con Mount Bonnell Advisors.
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