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Desplazamiento a EE. UU.: impuestos, salario y por qué el día 184 lo decide todo

Parte de la guía Desplazamiento de empleados a EE. UU.

Si desplazas a un trabajador a EE. UU., tienes que responder tres preguntas antes de la primera nómina: ¿dónde es residente fiscal? ¿Quién paga y quién soporta su salario? ¿Y en qué país cotiza para su jubilación? Los convenios de doble imposición y de seguridad social dan respuestas claras si conoces sus condiciones.

Para la administración tributaria de tu país y para el IRS, enviar a un empleado a EE. UU. plantea la misma pregunta desde dos lados: ¿a quién le corresponde gravar su sueldo? Que tu empleado pague impuestos en Estados Unidos, en tu país o en ambos no lo decide el visado, sino el convenio para evitar la doble imposición, y ahí cuentan tres cosas: los días que pasa en EE. UU., qué empresa le paga el sueldo y quién asume ese coste al final. La seguridad social va aparte y se rige por sus propios convenios. Para las cuestiones laborales y de visado, tienes la visión general en la guía Desplazamiento de empleados a EE. UU..

1Dos países, dos preguntas: residencia y lugar de trabajo

En EE. UU., la residencia fiscal de los extranjeros sin green card se determina con el Substantial Presence Test. Es residente quien ha estado en EE. UU. al menos 31 días en el año en curso y suma al menos 183 días en el periodo de tres años, contados así: todos los días del año en curso, un tercio de los del año anterior y un sexto de los del año previo a ese. El propio IRS pone un ejemplo: quien ha estado 120 días al año durante tres años suma 120 más 40 más 20, es decir, 180 días, y no es residente.

Quien es residente según la legislación de ambos países solo lo es en uno a efectos del convenio. El convenio con Alemania, por ejemplo, examina por orden la vivienda permanente, el centro de intereses vitales, la residencia habitual y la nacionalidad. Quien resulte residente en Alemania tributa en el impuesto federal sobre la renta de EE. UU. como nonresident, aunque cumpla el Substantial Presence Test. La residencia según el convenio es el punto de partida de todo lo demás, porque la regla de los 183 días solo protege a quien sigue siendo residente en su país de origen.

2La regla de los 183 días y sus tres condiciones

El artículo 15 de los convenios establece la regla general: el salario tributa donde se realiza el trabajo. Si trabajas en EE. UU., EE. UU. puede gravar tu salario. La excepción pensada para desplazamientos cortos exige tres condiciones, y las tres a la vez:

  • El empleador. El salario lo paga un empleador que no es residente en EE. UU., o alguien en su nombre.
  • El establecimiento permanente. El salario no lo soporta un establecimiento permanente que el empleador tenga en EE. UU.

Si falla una condición, la excepción no se aplica, y además para todo el periodo. Quien a final de año ha pasado 184 días en EE. UU. no pierde la protección a partir del día 184, sino para todo el salario correspondiente al trabajo en EE. UU. Por eso todo desplazamiento necesita un recuento de días fiable, con las fechas de viaje del pasaporte o del registro I-94.

Cuándo el salario solo tributa en el país de origen pese a trabajar en EE. UU. (artículo 15, apartado 2)
Quién pagaun empleador no residente en EE. UU., o alguien en su nombre
Quién lo soportaningún establecimiento permanente del empleador en EE. UU.el empleador no tiene establecimiento permanente ni base fija en EE. UU.el empleador no tiene establecimiento permanente ni base fija en EE. UU.
Consecuencia si se cumplen las tresTributación solo en el país de origen
Consecuencia si falta unaEE. UU. puede gravar el salario por el trabajo en EE. UU., desde el primer día

3Quién paga el salario y quién lo soporta

La segunda y la tercera condición suelen decidir antes que los días. Si el salario lo paga la filial estadounidense, el empleador es residente en EE. UU. y la excepción no se aplica, aunque el desplazamiento dure cuatro semanas. Lo mismo ocurre si el salario lo soporta un establecimiento permanente que la empresa europea mantiene en EE. UU., por ejemplo una sucursal. Saber si repercutir los costes salariales a la filial hace que dejen de cumplirse las condiciones es una cuestión de planificación caso por caso, y debe resolverse antes del desplazamiento, no en la declaración posterior.

El visado suele fijar el marco:

  • B-1 y ESTA: el Departamento de Estado exige en los viajes de negocios que el trabajador no cobre salario de una fuente estadounidense. El salario sigue pagándose desde la empresa de origen.
  • H-1B: el empleador tiene que ser una empresa en EE. UU. que pague el salario según la Labor Condition Application. Por eso la excepción del artículo 15 queda descartada por regla general.
  • L-1 y E-2: aquí depende de la estructura si el salario se paga desde la empresa en Europa, desde la sociedad estadounidense o repartido. En un desplazamiento de varios años, los días superan de todos modos los 183, así que normalmente EE. UU. puede gravarlo.

Qué visado encaja con cada desplazamiento lo explica el artículo ¿Qué visado para el desplazamiento?. Si el trabajador no trabaja en EE. UU., sino desde casa para la sociedad estadounidense, se aplican otras reglas; la parte contractual está en el artículo sobre el contrato de trabajo sin presencia en EE. UU..

España y su convenio de Seguridad Social con Estados Unidos

España y Estados Unidos firmaron su convenio de Seguridad Social en Madrid el 30 de septiembre de 1986. Entró en vigor el 1 de abril de 1988 y no afecta a la cobertura anterior a esa fecha. Estos son los puntos que te interesan:

  • Regla general: como trabajador por cuenta ajena, solo te cubre la legislación del país donde trabajas.
  • Trabajadores desplazados: si tu empresa te envía a trabajar al otro país, sigues únicamente en el sistema de origen siempre que no esté previsto que el desplazamiento dure más de cinco años. El texto del convenio permite un año más por circunstancias imprevisibles, con el consentimiento del otro país y solicitándolo antes de que terminen los cinco años. Un acuerdo administrativo por canje de notas, vigente desde el 26 de agosto de 2014, amplía esa prórroga hasta un máximo de dos años, por acuerdo entre empresa y trabajador y con el consentimiento de la autoridad competente del país cuya legislación se sigue aplicando.
  • Empresa estadounidense con filial en España: para que un trabajador enviado a la filial española pueda acogerse a la regla de desplazamiento, la empresa necesita un acuerdo de la sección 3121(l) que cubra esa filial.
  • Autónomos: si tu actividad quedara cubierta por ambos sistemas, solo te cubre el del país donde resides.
  • Certificado de cobertura: si eres un trabajador desplazado desde España, tu permanencia en la Seguridad Social española se acredita con el formulario E/USA 1, que tu empresa solicita en la dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Totalización de periodos: para adquirir y conservar el derecho a una prestación española se suman los periodos de seguro de ambos sistemas, siempre que no se solapen, y la prestación se paga a prorrata. En el cálculo español, cada trimestre de cotización estadounidense equivale a 91 días cotizados en España.

País por país, con todas las fuentes: La fiscalidad de tu país de origen

Fuentes
  1. Convenio sobre Seguridad Social entre España y los Estados Unidos de América, Madrid 30 septiembre 1986, BOE-A-1988-8177 (BOE núm. 76, 29/03/1988)
  2. SSA POMS RS 02001.455, Effective Date - U.S. Spanish Agreement
  3. Canje de Notas constitutivo de Acuerdo Administrativo, Madrid 11 julio y 26 agosto 2014, BOE-A-2014-11491 (BOE núm. 270, 07/11/2014)
  4. SSA POMS RS 02001.470, Exceptions to the General Coverage Rule for Employment - U.S. Spanish Agreement
  5. SSA, Totalization Agreement with Spain (pamphlet page; web.archive.org snapshot of 11 May 2026)

El convenio entre España y Estados Unidos: dividendos y pensiones

El convenio entre España y Estados Unidos para evitar la doble imposición se firmó en Madrid el 22 de febrero de 1990, entró en vigor el 21 de noviembre de 1990 (BOE n.º 306, de 22 de diciembre de 1990) y surte efecto con carácter general desde el 1 de enero de 1991. El Protocolo y el Memorando de entendimiento firmados en Madrid el 14 de enero de 2013 entraron en vigor el 27 de noviembre de 2019 y, para las retenciones en origen, se aplican a las cantidades pagadas o abonadas a partir de esa fecha.

Renta de fuente estadounidense para un residente en EspañaTipo máximo en EE. UU.Condiciones
Dividendos de participaciones significativas5 %El beneficiario efectivo es una sociedad que posee directamente al menos el 10 % de las acciones con derecho a voto.
Dividendos en los demás casos (carteras, personas físicas)15 %Se aplica cuando no se cumplen las condiciones del 5 % ni del 0 %.
Dividendos de filiales al 80 %0 %La sociedad beneficiaria ha poseído el 80 % o más de las acciones con derecho a voto durante un periodo de 12 meses y supera una de las pruebas de limitación de beneficios (cotización en bolsa, propiedad y erosión de bases con beneficios derivados, actividad empresarial activa o resolución de la autoridad competente).
Dividendos percibidos por fondos de pensiones0 %El fondo es residente en el otro Estado, está generalmente exento y los dividendos no proceden de una actividad empresarial.
Pensiones privadas y de empleoSolo tributan en el Estado de residenciaPensiones pagadas por un empleo anterior, salvo lo previsto en el artículo sobre funciones públicas.
Pensiones de la Seguridad SocialPuede gravarlas el Estado que pagaPor ejemplo, una pensión de la Seguridad Social española pagada a un residente en EE. UU. puede tributar en España.

Desde el Protocolo de 2013, las rentas generadas dentro de un fondo de pensiones del otro Estado solo tributan en manos del partícipe cuando se le pagan y en la medida en que se le pagan, no cuando se traspasan a otro fondo de pensiones de ese mismo Estado.

  • Limitación de beneficios: solo accedes a las ventajas del convenio si eres una persona cualificada; las personas físicas lo son, y las sociedades deben superar alguna de las pruebas previstas.
  • Entidades transparentes: la renta obtenida a través de una entidad fiscalmente transparente, como una LLC estadounidense, se considera obtenida por un residente de un Estado en la medida en que ese Estado la trate como renta de un residente.
  • Doble residencia: si eres residente en ambos Estados, se decide por vivienda permanente, después centro de intereses vitales, residencia habitual, nacionalidad y, por último, mutuo acuerdo.
  • Cláusula de salvaguarda: cada Estado puede gravar a sus residentes, y Estados Unidos a sus ciudadanos, como si el convenio no existiera, salvo los beneficios enumerados en el artículo 1(4).

País por país, con todas las fuentes: La fiscalidad de tu país de origen

Fuentes
  1. Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición (Madrid, 22 febrero 1990), BOE-A-1990-30940, texto consolidado BOE (última actualización publicada el 23/10/2019)
  2. Convention between the United States of America and the Kingdom of Spain for the avoidance of double taxation and the prevention of fiscal evasion with respect to taxes on income, with Protocol, signed Madrid 22 February 1990 (IRS text)
  3. Protocolo y Memorando de entendimiento de 14 de enero de 2013, BOE-A-2019-15166 (BOE 23/10/2019)
  4. Protocol amending the US-Spain Convention and its Protocol of 22 February 1990, signed Madrid 14 January 2013 (US Treasury text), Article IV (new Article 10(2)(a))
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4El lado estadounidense: resident o nonresident

Si EE. UU. tiene derecho a gravar, lo que importa es cómo se considera allí al trabajador. Un resident alien tributa como un estadounidense por su renta mundial y presenta el formulario 1040. Un nonresident alien solo tributa por las rentas de fuente estadounidense y por las de una actividad en EE. UU., y presenta el formulario 1040-NR. El salario por trabajo realizado en EE. UU. es, en principio, renta de fuente estadounidense. Solo hay una excepción muy limitada para estancias de hasta 90 días con un salario máximo de 3.000 $ de un empleador sin actividad comercial en EE. UU.

En los desplazamientos se dan con frecuencia tres situaciones:

  • Menos de 183 días al año, pero se cumple el test. Quien se queda por debajo de 183 días en el año en curso, mantiene todo el tiempo un domicilio fiscal en el extranjero, tiene allí vínculos más estrechos y no ha dado pasos hacia la green card puede seguir siendo nonresident gracias a la Closer Connection Exception. Para ello existe el formulario 8840.
  • El año de llegada y el año de regreso. Quien se convierte en resident a lo largo de un año, o deja de serlo, tiene un año de doble estatus: una parte como nonresident y otra como resident, con reglas propias para la declaración.
  • Residencia en el país de origen según el convenio. Quien, según las reglas del convenio, es residente en su país de origen se trata como nonresident a efectos del impuesto sobre la renta de EE. UU. y lo declara con el formulario 8833.

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5Retenciones, FICA y nóminas en EE. UU.

Si el salario lo paga una sociedad estadounidense, esta retiene el impuesto federal sobre la renta y lo ingresa. A ello se suman las cotizaciones de la Federal Insurance Contributions Act, FICA: un 6,2 % para Social Security y un 1,45 % para Medicare, a cargo del trabajador y otra vez del empleador. En 2026, Social Security se aplica a salarios de hasta 184.500 $; Medicare, sin límite. Sobre salarios de más de 200.000 $ en el año natural, el empleador retiene además un 0,9 % de Additional Medicare Tax, sin aportación propia.

El FICA no depende de la nacionalidad ni de la residencia: según el IRS, estas cotizaciones se aplican, por norma general, al salario por trabajo realizado en Estados Unidos, vengan de donde vengan el trabajador y el empleador. Solo exime de ellas el convenio de seguridad social, siempre que exista el certificado del país de origen.

El nivel federal es solo una parte de la nómina. Los estados y municipios tienen sus propios impuestos y cotizaciones sobre el salario, y cuáles se aplican depende del lugar de trabajo. Para la sociedad estadounidense, esto supone darse de alta como empleador, gestionar las nóminas periódicas, presentar declaraciones y, a final de año, el formulario W-2. Te explicamos cómo funcionan las nóminas en EE. UU. en nuestro artículo Nóminas en EE. UU..

Cotizaciones federales sobre el salario en EE. UU., 2026
PresentaciónTrabajadorEmpleadorUmbral
Social Security6,2 %6,2 %hasta 184.500 $ de salario en 2026
Medicare1,45 %1,45 %sin límite
Additional Medicare Tax0,9 %sin aportación del empleadorsobre salarios de más de 200.000 $ en el año natural, retenido por el empleador
Impuesto federal sobre la rentaRetención según salario y datos del trabajadorlo ingresaTarifa del impuesto federal sobre la renta

Fuente: IRS, Topic No. 751 Social Security and Medicare Withholding Rates; IRS, Publication 519. Los estados y municipios cobran sus propios impuestos según el lugar de trabajo.

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6Seguridad social: convenio y certificado

En materia de seguridad social no se aplican los convenios fiscales, sino convenios propios de seguridad social, como los que EE. UU. tiene con Alemania, Austria y Suiza. La idea de fondo es siempre la misma: quien es enviado temporalmente por su empleador al otro país sigue cotizando en el sistema de su país hasta cinco años y no paga cotizaciones por esas ramas en el país de destino.

Seguridad social en un desplazamiento a EE. UU.
Exención en EE. UU.Social Security y Medicare Parte AFICA, según información de la SSAFICA, incluida la parte de Medicare

Fuente: GKV-Spitzenverband DVKA, Arbeiten in den USA (a 5 de agosto de 2026); SSA, Program Operations Manual System RS 02001.115, RS 02001.155, RS 02001.165, RS 02001.190, RS 02001.655, RS 02001.662, RS 02001.690; IRS, Totalization Agreements.

7El país de origen: exención, progresividad y deducción

Si EE. UU. tiene derecho a gravar, el país de origen debe evitar la doble imposición. Alemania, Austria y Suiza, por ejemplo, lo hacen cada uno a su manera.

Si renuncias por completo a tu residencia en tu país y te mudas a EE. UU., el caso es distinto: termina tu obligación tributaria plena en tu país de origen, con sus propias consecuencias. Te lo explicamos en nuestro artículo Mudanza: impuestos en tu país de origen.

Cómo evita el país de origen la doble imposición
PaísMétodo para el salario que EE. UU. puede gravarQué tienes que acreditar

8Qué debe regular el contrato de desplazamiento sobre el salario

De las reglas anteriores se deduce qué debe incluir el contrato de desplazamiento o un acuerdo complementario antes de que el empleado coja el avión:

  • Quién es el empleador y quién paga: la empresa en tu país, la sociedad estadounidense o ambas con partes del salario separadas, en qué moneda y a qué cuenta.
  • Quién asume los costes: si se repercuten los costes salariales a la sociedad estadounidense y cómo, en línea con la estructura fiscal entre matriz y filial.
  • La duración: los días previstos en EE. UU. por año natural y por cada periodo de doce meses, y el límite de cinco años para la seguridad social.
  • Las declaraciones de impuestos: quién prepara y paga las declaraciones en ambos países, y quién asume los impuestos adicionales que genere el desplazamiento.
  • El regreso: qué pasa con el salario, el seguro y la vivienda en tu país si el desplazamiento termina antes.

Nuestra Estrategia fiscal define la estructura entre la matriz europea y la filial estadounidense, incluida la repercusión de los costes de personal. Los costes del propio visado los tienes en la página H-1B: costes y tasas para el H-1B, y en L-1: costes y tasas para el L-1.

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En resumen
  • Según los convenios con Alemania, Austria y Suiza, por ejemplo, el salario tributa exclusivamente en el país de origen solo si se cumplen tres condiciones: como máximo 183 días en EE. UU., lo paga un empleador de fuera de EE. UU. y ningún establecimiento permanente en EE. UU. soporta el sueldo.
  • En EE. UU., el Substantial Presence Test decide la residencia fiscal; el FICA es del 6,2 y el 1,45 % por cada parte.
  • Con el certificado del convenio de seguridad social, el empleado sigue en el sistema de su país hasta cinco años y queda exento de la Social Security en EE. UU.

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Sebastian Sauerborn
Sebastian Sauerborn
Fundador de Mount Bonnell Advisors, Austin, Texas
10 min de lectura · Actualizado: octubre de 2026

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